Browsing by Author "Villalobos Campos, María Elena"
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Item El fideicomiso testamentario como contrato comercial alternativo a la sucesión testamentaria: alcance práctico de su uso en la realidad jurídica actual costarricense(2022) Espinoza Lezama, Ruth Melissa; Rodríguez Castro, Fiorela; Villalobos Campos, María ElenaAnte la muerte, resulta oportuno que previo a tal suceso se realice una planificación patrimonial por medio de las diferentes alternativas negociables que ofrece el ordenamiento jurídico costarricense, el que posibilita a los ciudadanos en Costa Rica de optar por diversas figuras contractuales, entre ellas el fideicomiso testamentario. En ese sentido, surge la interrogante de si el fideicomiso testamentario es un contrato comercial moderno cuya flexibilidad ha generado una preferencia en la realidad jurídica actual costarricense. Con esta investigación se analiza la sucesión y el fideicomiso testamentario, con estudio doctrinal y trabajo de campo, que permite señalar los atributos, elementos, bondades y desventajas que ambas figuras poseen, de forma tal que se puede mostrar al fideicomiso testamentario como un contrato alternativo a la sucesión testamentaria y negocio jurídico para la planificación patrimonial. Este estudio se basa en la hipótesis de que: El fideicomiso testamentario es un contrato comercial alternativo a la sucesión testamentaria cuyo pragmatismo y versatilidad ha generado una preferencia de su aplicación en la realidad actual jurídica costarricense. El objetivo general de esta investigación es exponer el fideicomiso testamentario con el fin de determinarlo como un contrato comercial alternativo a la sucesión testamentaria y establecer el alcance práctico de su uso en la realidad jurídica actual costarricense. En lo concerniente a la metodología, se realizó un estudio normativo, doctrinal y de campo para comprender a detalle ambas figuras, sus bondades, desventajas y contraste jurídico. Las principales conclusiones obtenidas de la investigación han sido: El fideicomiso testamentario es un contrato de planificación patrimonial alternativo a la sucesión testamentaria el cual se constituye por un acto inter vivos con efecto mortis causa. Al acaecer la muerte del fideicomitente todos los bienes que integran...Item Estudio de la figura de la sociedad por acciones simplificada: análisis de derecho comparado Francia, Argentina y Colombia(2023) Aguilera Campos, Ligia María; Villalobos Campos, María ElenaLa sociedad mercantil es un convenio entre personas, físicas o jurídicas, que buscan, en su conjunto, lograr un fin económico; para ello se obligan a hacer aportes monetarios o en especie para realizar una determinada actividad comercial organizada, en la que los socios comparten sus ganancias y pérdidas. Su origen data del siglo XII, en Europa. Por tratarse de un instituto jurídico relacionado con el comercio, con el tiempo sufrió adaptaciones hasta llegar a las sociedades mercantiles actuales. La Sociedad por Acciones Simplificada, surge como respuesta a parte de la población francesa del sector comercial para flexibilizar y eliminar las solemnidades en la constitución y desarrollo de las sociedades mercantiles. Así se creó la SAS, y luego se difundió por el mundo. La SAS es un tipo de sociedad caracterizada por su flexibilidad, además de presentar características que apuntan al favorecimiento de la creación de emprendimientos, micro, pequeñas y medianas empresas. Por ello, esta investigación estudia la figura de la SAS, incluyendo el origen histórico de las sociedades mercantiles y de la SAS, sus cimientos en la legislación costarricense, su conceptualización, características y requisitos, el estudio comparativo con las sociedades mercantiles existentes en el país y la descripción de la normativa que implementó este tipo de sociedad en Francia, Argentina y Colombia, para finalizar con una evaluación al Proyecto de Ley N°20.155, denominado Ley de Fomento al Ecosistema Nacional de Emprendimiento e Innovación, que pretende crear la figura de la SAS en Costa Rica.Item Falta evidente de la legitimación activa como causal de improponibilidad de la demanda, análisis de la apertura del artículo 35.5.5 del Código Procesal Civil Ley No. 9342(2021) Quesada Sibaja, Ashley; Ruiz Corrales, María Laura; Villalobos Campos, María ElenaEl instituto de la demanda improponible y sus causales son una figura de novedosa regulación en la legislación costarricense, resulta así justificado investigar y estudiar sus alcances y también limitaciones. La investigación presenta como objetivo general el siguiente: determinar que la apertura del artículo 35.5.5 de la improponibilidad de la demanda, con base en la falta de legitimación activa, como instituto nuevo regulado en forma expresa en el nuevo Código Procesal Civil ley 9342, puede generar una interpretación temprana y casuística, por parte de la persona juzgadora, generando inseguridad jurídica a las personas usuarias de la administración de justicia. Pretende lograr por medio de estos objetivos específicos: 1. Conocer en el tema de la demanda improponible cuáles son los presupuestos para que proceda, para evidenciar si existe una vacío en el conocimiento de estos, sobre esta temática, debido a la frecuencia con que los jueces declaran improponible una demanda. 2. Analizar el instituto de la demanda improponible en el Nuevo Código Procesal Civil y su implicación en concordancia con el principio de seguridad jurídica, por la tendencia de confundir la figura de la improponibilidad de la demanda, con la inadmisibilidad, ambas formas de rechazo de la demanda. 3. Reflejar mediante una recopilación de resoluciones donde se ha aplicado el tema de la legitimación activa como causal de improponibilidad de la demanda con la finalidad de identificar los criterios por los cuales las personas juzgadoras la declaran; para realizar una comparación de este instituto o sus semejantes en los países de España, Italia, Argentina y El Salvador. 4. Efectuar una tipología ejemplificadora de acciones referente a la legitimación activa como presupuesto de improponibilidad; y con estudio de campo practicando cuestionarios a operadores del Derecho. Bajo la hipótesis y el supuesto que la apertura de la causal de improponibilidad de la demanda...Item Independencia y responsabilidad de la autoridad jurisdiccional a la luz de lo preceptuado e interpretado por el artículo 199 de la Ley Orgánica del Poder Judicial(2017) Rodríguez Ramírez, Ana Paola; Villalobos Campos, María ElenaLa presente investigación ha sido realizada en el marco de la Función Jurisdiccional, actividad de gran relevancia para el Estado democrático costarricense, desempeñada por los jueces y juezas de la República, contralores de la convencionalidad, constitucionalidad y legalidad en los procesos judiciales y en los actos de los otros poderes del Estado, en relación con los grandes valores del Ordenamiento Jurídico, a saber: la protección del Bien Común, la Justicia, Seguridad y Protección judicial de los derechos humanos, en beneficio de la sociedad. Es por ello que en atención a tan importante labor, la cual es desempeñada bajo el cumplimiento de principios constitucionales como: la imparcialidad, celeridad independencia, entre otros; se plantea como hipótesis de esta investigación que la interpretación de lo preceptuado en el párrafo segundo del artículo 199 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de Costa Rica, violenta el principio de Independencia del Juez/a. El principio de independencia del juez/a no es solamente un derecho para este funcionario, sino que se extiende a la esfera de los derechos humanos al reconocerle a los ciudadanos la garantía de que las resoluciones sean dictadas por jueces independientes, jueces que tengan en la Constitución y las normas de Derecho Internacional y Comunitario la dirección de su función. Para confirmar o descartar esta hipótesis, se plantea como objetivo general analizar si con la interpretación del párrafo segundo del artículo 199 de la Ley Orgánica del Poder Judicial, se violenta el Principio Constitucional de Independencia del juez/a, el análisis será efectuado desde los planos normativo y procedimental, de igual forma se analizarán resoluciones, actas de Corte Plena y fuentes bibliográficas, empleando un enfoque mixto, basado en métodos como el descriptivo, el analítico y el expositivo para así obtener un panorama completo del fenómeno en estudio...Item Medidas autosatisfactivas; un remedio procesal para garantizar de manera efectiva a los ciudadanos costarricenses el derecho a la justicia pronta y cumplida en situaciones de urgencia y peligro de un daño inminente(2018) Castillo Muñoz, Marilyn María; Rodríguez Guerrero, Julio Alejandro; Villalobos Campos, María ElenaEn Costa Rica el derecho a la justicia pronta y cumplida en algunos estratos judiciales es difícil de alcanzar, prueba de ello es la dilación en la resolución en asuntos sensibles y con carácter de urgencia para los afectados, lo cual reafirma la necesidad de buscar medidas alternativas para solucionar este serio problema. En virtud de lo anterior, el título de la presente investigación es Medidas autosatisfactivas; un remedio procesal para garantizar de manera efectiva a los ciudadanos costarricenses el derecho a la justicia pronta y cumplida en situaciones de urgencia y peligro de un daño inminente. La realización de la investigación se justifica en la ausencia de un trabajo que analice y desarrolle particularmente la búsqueda de una solución a la problemática que se vive en la sociedad costarricense desde hace ya algunos años atrás en el tema de la administración de justicia, específicamente en relación con el derecho a una justicia pronta y cumplida, en el caso concreto analizar la posibilidad de aplicar las medidas autosatisfactivas en el ordenamiento jurídico costarricense. El objetivo general del trabajo final de graduación es analizar la figura de las medidas autosatisfactivas como remedio procesal al ordenamiento jurídico costarricense para la efectiva aplicación del derecho a la justicia pronta y cumplida en situaciones de urgencia y peligro de un daño inminente. Como hipótesis se plantea: Con la aplicación de las medidas autosatisfactivas en el ordenamiento jurídico costarricense, el órgano jurisdiccional puede dar respuestas de forma más célere y garantizar de manera efectiva el derecho a los ciudadanos a la justicia pronta y cumplida, tal y como lo establece el numeral 41 de la Constitución Política, sin violentar otros derechos como el de defensa o el debido proceso. En cuanto a la metodología, se define como una investigación efectuada desde el punto de vista histórico-jurídico, al hacerse un seguimiento...Item La prestación alimentaria, como garantía para personas menores de edad y personas con discapacidad, en el proceso sucesorio costarricense: análisis doctrinal, normativo y jurisprudencial(2013) Quesada Padilla, José Pablo; Villalobos Campos, María ElenaEn la actualidad, es de suma importancia para los operadores jurídicos, así como para muchos otros profesionales en las ciencias sociales, no solamente tener un manejo adecuado de la normativa y su aplicación, sino contar con una formación especializada, que les permita interpretar y aplicar la norma según sean las necesidades del campo particular del que se trate. Así las cosas, encontramos que en el derecho sucesorio, lo normado y aplicado a lo largo de la historia costarricense, desde la perspectiva del derecho civil, aspectos regulados y en muy buena medida, temas pertenecientes, a la postre, al derecho de familia. La afirmación anterior proviene de una verdad muy evidente, pero poco vista: aparte de resarcir las deudas que tuviera en vida el de cujus, derecho civil, el sucesorio es un proceso en donde se deben declarar herederos, lo cual, a fin de cuentas, no resulta ser más que materia de familia y la porción correspondiente a cada uno en su calidad dicha, entre otras aspectos relevantes. Consecuentemente, surge el problema de si en el proceso sucesorio costarricense existen y se respetan los elementos mínimos requeridos para garantizar el bienestar socioeconómico de personas menores de edad y personas con discapacidad, declarados herederos dentro del mismo proceso y, según la situación específica de cada cual, hasta que estos alcancen la mayoría de edad, o fallezcan; ello garantiza el cumplimiento de lo estipulado en el artículo 27 de la Convención de Derechos del Niño y de la Niña, así como lo legislado en el numeral 171 del Código de Familia. Todo lo anterior, por medio del aparato jurisdiccional y como manifestación de la voluntad del Constituyente, concretamente de los artículos 21, 51, 52 y 55 de nuestra Carta Magna. Por lo tanto, como objetivo general de la presente investigación pretendemos analizar la existencia y alcances de los elementos garantistas, que se manifiestan en la vertiente socioeconómica del proceso...