Derecho
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Item Análisis del sistema de protección al trabajo de la persona migrante como derecho humano, dentro del ordenamiento jurídico costarricense y su vinculación con el derecho internacional(2021) Gómez Chavarría, María Carolina; Juárez Zúñiga, Ashley Josette; Olaso Álvarez, Jorge EnriqueLa migración, a nivel internacional, forma parte de la historia. Los movimientos se dan por distintas razones tales como la necesidad de buscar otras opciones de empleo que mejoren las condiciones de vida de la persona trabajadora y de su grupo familiar. Si bien es cierto, este no es el único motivo por el que una persona migra, este tipo de desplazamiento es el que se analiza en el presente trabajo de investigación. Las migraciones, según Calduch (citado por Najib Abu-Warda) deben contemplar tres elementos característicos y esenciales que son los siguientes Elemento humano, las migraciones internacionales suponen siempre una movilización del factor humano, que se encontraba formando parte de una determinada sociedad política, generalmente el Estado. Elemento internacional, que supone un cambio de un país a otro. Este cambio es el elemento de los movimientos de población que se producen dentro de un mismo Estado. Este superar de las fronteras estatales es el que origina el factor de desequilibrio entre los Estados y sus relaciones, y en consecuencia en la sociedad internacional. Elemento temporal, que a diferencia de otros fenómenos de movilidad humana (turismo, intercambio cultural, militar, etc.) la migración supone una cierta estabilidad en el país destino. Este elemento permite que los desequilibrios originados en las relaciones internacionales no sean momentáneos o transitorios, sino que la permanencia produce mayores efectos en la sociedad internacional. Es decir que los movimientos migratorios implican que hay movilización de la persona migrante, de un país a otro. Estos no tienen fecha fija de retorno hacia el país de origen, y quien se encuentra en otro país se debe acoger a las regulaciones de esa nación para regularizar su estatus migratorio. Sin embargo, si la persona trabajadora migrante no cumple con la normativa nacional, en muchas ocasiones se establecen múltiples requisitos como documentos, pagos, contratos...Item La reestructuración de la empresa en crisis dentro del sistema concursal costarricense: limitaciones voluntarias a los efectos de la quiebra(2021) Luza Echeverría, David; Artavia Barrantes, SergioNuestra investigación deriva de un contexto, en el cual se reconoce que nuestra legislación, en materia concursal, se encuentra considerablemente atrasada. La revisión sistemática que debe darse de ella nos permite analizar institutos novedosos para considerar si estos pueden ser parte de la nueva legislación concursal, que Costa Rica necesariamente debe promulgar. La normativa de procesos concursales y precautelares, data de 1989, en la que no se innovó sustancialmente respecto del Código de Procedimientos Civiles de 1969, que había modificado profundamente. Las innovaciones que en su momento se introdujeron, como el instituto de la administración por intervención judicial, reformado sustancialmente en 1996, no le han otorgado el dinamismo que requieren los procesos concursales, precisamente en procura de proteger los intereses de los acreedores. Además, como posteriormente hemos de explicar, esta figura ha quedado en amplio desuso. I.Hipótesis. Si las consecuencias de la declaratoria de quiebra son normas sustantivas, que además refieren a una situación de carácter patrimonial, entonces estas son de carácter dispositivo, por lo que la empresa fallida y los interesados en el proceso concursal, pueden proponerse la reestructuración de esta, modulando todos o algunos de los efectos jurídicos de la quiebra. II.Objetivos. A.Objetivo general: Examinar si pueden moderarse mediante un convenio privado los efectos de la declaratoria de quiebra, con el objetivo de permitir la reestructuración de la empresa fallida. Objetivos específicos: 1.Analizar los mecanismos procesales en la legislación costarricense para liquidar empresas que sean económicamente inviables, así como los que tengan como propósito el salvamento y continuidad de la empresa en crisis. 2.Examinar en el derecho comparado los institutos que permiten la reestructuración o reorganización empresarial. En este aspecto, se tomarán en consideración los presupuestos...Item Análisis procedimental de la ley de la penalización de violencia contra la mujer con énfasis en In dubio pro Reo e In dubio pro victima(2010) Morera Espinoza, Beatriz Cristina; Alvarez Hernández, Frank AlbertoCon la presente investigación se pretende una búsqueda de elementos que demuestren si la visión actual del principio de in dubio pro reo, puede mantenerse intacta o requiere de una actualización en cuanto a sus límites de aplicación, a raíz del problema social que significa para nuestro país y el resto del mundo, violencia de género, y los bienes jurídicos que se encuentran en juego, con la inserción de la violencia contra la mujer en el derecho penal Esto en atención de que si se aplicara el in dubio pro victima en el derecho penal resultaría en un contrasentido que, la misma Ley que pretende nivelar, una balanza social donde los hombres se han visto ampliamente beneficiados, sea luego culpable de llevar nuestra sociedad al extremo opuesto, y se utilice en forma desproporcionada y abiertamente desequilibrada para favorecer a las mujeres, aplicando un control social que de nuevo no propicie la tan anhelada igualdad de géneros. Hipótesis. Al realizarse la penalización de la violencia contra la mujer, y al estar ante la posibilidad de la restricción de un derecho fundamental a un individuo (libertad de tránsito) con la aplicación de las medidas de protección a la víctima. Debe mantenerse el indubio pro reo asegurándole una adecuada protección a la víctima a través de la correcta interpretación de la prueba. Caso contrario se estaría socavando los principios del debido proceso bases de un Estado de Derecho. Objetivo General: Mostrar la necesidad de una adecuada interpretación procesal de la Ley de Penalización de la Violencia Contra las Mujeres. Metodología: Se utilizará la metodología cualitativa en esta tesis, realizando análisis de textos, puesto que lo que se busca es hacer una investigación documental y bibliográfica que comprenda el acceso, recuperación, consulta y extracción del conocimiento significativo representado en información científica técnica. Seguidamente se iniciará el desarrollo de la tesis...Item Los convenios de colaboración y cooperación interinstitucional en el marco de las relaciones contractuales de la administración pública(2007) Gómez Zúñiga, María de los Ángeles; Hidalgo Cuadra, RonaldLa contratación administrativa resulta ser un tema de profunda relevancia en el día a día de la Administración Pública. Es por medio de esta actividad que el Estado procura desarrollar la satisfacción del interés público. Esta estructura requiere de una actuación coordinada para su desarrollo. La coordinación puede ser a lo interno del órgano público o bien, en forma externa entre los diversos sujetos que conforman la Administración Pública. Existen diversas figuras en el Derecho Administrativo que permiten la satisfacción del interés público, para lo cual se puede involucrar más de una institución. Ejemplo de ello resultan ser los convenios de colaboración y los contratos de la Administración. Los convenios son, en muchos casos, el cauce a través del cual se perfila y programa la asistencia entre administraciones públicas, por lo que cada vez se hace más frecuente la utilización de convenios para generar relaciones obligacionales con sujetos tanto de derecho público como privado. Por medio del convenio, las instituciones buscan colaboración de otras instituciones para lograr así el cumplimiento de sus fines. Este convenio administrativo no habilita a la Administración para el ejercicio de nuevos poderes, que en este caso vienen previamente concedidos. La competencia no puede ser renunciada ni dispuesta, pero además, la imperatividad de la competencia deriva de su carácter funcional, en cuanto ha sido atribuida para satisfacer el interés público y no el interés particular del Ente u Órganos Públicos. Toda actividad del Ente Público debe encontrarse dentro del ámbito de las competencias que por ley le son asignadas a cumplir, de conformidad con el principio de legalidad estipulado en la Constitución Política y la Ley General de la Administración Pública. El trabajo pretende esclarecer la figura del convenio administrativo y su diferencia del contrato. Asimismo, establecer si las competencias legalmente asignadas...