Derecho
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Item El cobro judicial de las facturas electrónicas en el derecho costarricense, a la luz del derecho comparado(2020) Fernández Vargas, Alonso; Hernández Montero, Sofía María; Torrealba Navas, Federico de JesúsEn Costa Rica, la factura electrónica no había tenido un desarrollo normativo o jurisprudencial importante hasta la obligatoriedad establecida en el año 2016 para fomentar la trazabilidad de las transacciones comerciales de los contribuyentes. A nivel comercial, el uso de este instrumento adquirió mayor relevancia a partir de las nuevas leyes y regulaciones administrativas de carácter tributario. Aunque la normativa que obliga la utilización de la factura electrónica; pretende su uso para fines tributarios, se ha generado un impacto importante a nivel comercial, pues los comerciantes han tenido que asumir diversos cambios a nivel operativo, pero sobre todo han tenido que enfrentar nuevos retos en cuanto a la aceptación de los documentos por parte del deudor, como acto de voluntad comercial común de las transacciones mercantiles. La aceptación de la factura es la manifestación de voluntad necesaria para que se confirme la sujeción del deudor a una obligación mercantil. La forma de aceptación de las facturas que ha establecido la normativa y jurisprudencia en Costa Rica es la firma. Cuando se realiza una compraventa o la prestación de servicios, y el deudor no firma la factura ni paga el precio facturado, en caso de no pago, el acreedor puede encontrar serias complicaciones para poder ejecutar en la vía monitoria dineraria, la suma adeudada. Asimismo, cuando la firma no pertenece al comprador o beneficiario, el acreedor, según varios criterios jurisprudenciales, tendrá la obligación de aportar un documento que contiene la lista de autorizados emitida por el deudor-comprador para demostrar la validez de las firmas. Si el acreedor no aporta este documento, la factura no tendrá el carácter ejecutivo para el juzgador, no pudiendo cobrarse la deuda en la vía monitoria y deberá plantear anticipadamente un proceso sumario u ordinario para obtener la sentencia que sirva de título ejecutivo que permita realizar de manera expedita el cobro...Item El endoso en garantía y la prenda de títulos valores(2002) Morera Víquez, Néstor; Alvarez Varela, José Carlos; Rodríguez León, OvelioLa presente investigación consiste en analizar la figum del endoso en garantía partiendo de un concepto amplio, primero como una figura creada con el fin de simplificar el tráfico mercantil de los títulos valores y luego tratándole desde su concepción de endoso limitado con todas las consecuencias que esto trae desde el punto de vista de su utilización práctica. Tales consecuencias derivan precisamente de un problema práctico que se advierte en el curso de la investigación y sobre todo con la confrontación del concepto de endoso en garantía dentro de otros ordenamientos mercantiles y el uso que se le da dentro de la práctica comercial costarricense; lo cual revela una regulación insuficiente o inclusive una desregulación total de la figura, que en lugar de ponerse al servicio del comerciante y los demás operadores del derecho mercantil, especificamente en material de títulos valores, ponen en duda el valor práctico de un instrumento que en principio fue concebido para aportarle ventajas a la circulación y transmisión de los títulos valores. Se expone la posibilidad contemplada de manera expresa en otros ordenamientos de constituir paralelamente al endoso con la cláusula en garantía una garantía prendaria sobre el título, que al final confiere al endosatario o acreedor pignoraticio una legitimación restringida en el ejercicio de los derechos inherentes al título. De esta manera, se realiza un estudio tanto en doctrina nacional como extranjera, de la figura del endoso en garantía, apoyado con las pocas resoluciones judiciales que analizan el caso en particular, con el objetivo de analizar los cambios que ha sufrido nuestra legislación en material comercial con respecto al uso y presencia efectiva de esta modalidad de endoso.