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    Pericia de análisis y comparación de voz: un reto para el sistema judicial costarricense
    (2014) Sánchez Sánchez, Tatiana; Vega Mena, Suyen; Carvajal Pérez, Marvin A.
    El surgiminento de las telecomunicaciones ha hecho posible que con mayor frecuencia se delinca bajo el aparente anonímato. La voz, ha sido uno de los rasgos humanos que más participación tiene en un hecho ilícito, pero que menos prioridad se le ha otorgado en la pesquisa crimínal. A pesar de las diferentes círcunstancias que han motivado el poco ínterés en la voz como rasgo de identificación crimínal, lo cierto es que, hace décadas, varios sistemas judiciales se han auxiliado en las técnícas biométricas más sofisticadas a fin de lograr complementar la identificación criminal mediante la pericia de voz. En el pasado al no contar con la pericia de voz, varias causas llegaron a absolutoria por una duda razonable, ello por no poder achacar, de forma fundamentada que la voz en la grabación era la del imputado. Sín embargo, otras causas evidenciaron sentencia condenatoria después de que el juez, a razón de su propio oído, determinara que la voz de la grabación que se aportaba al proceso era achacable al imputado por resultarles ambas sonoramente muestras semejantes y valorar la aparente concordancia con otras probanzas. El escenario, grosso modo descrito, hacía notar, desde hace años, la necesidad de que el sistema penal patrio agotara todos los medios para confirmar o desvirtuar, de forma objetiva, la correspondencia de la voz del imputado con aquella que contenída en una grabación aportada al proceso como prueba en su contra. Así, el 20 de noviembre del 2012, se aprobó la compra para la Estación de edición no lineal, con software depurador de audio y sistema forense para tratamiento de audio, la cual hará posible la implementación de la pericia de análisis y reconocimiento de voz en este país a partir del presente año. Con base en lo expuesto, se constituye en hipótesis, de este trabajo final de graduación, demostrar que existen mecanismos jurídicamente viables, aún no desarrollados, que maximizan la efectiva...
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    Límites a la búsqueda de la verdad material en el proceso penal
    (2008) Cubero Artavia, María del Rocío; Zamora Acevedo, José Miguel
    La presente investigación se divide en tres capítulos a saber: el capítulo refiere aspectos generales de la verdad. En este apartado se hace una reseña histórica del conceptos de verdad, en el se analiza el derecho germano y su sistema acusatorio privado, el derecho griego, romano y su sistema acusatorio popular, así como la roma imperial, el sistema inquisitivo y las legislaciones modernas de Europa continental y el sistema mixto, asimismo se define el concepto de verdad y se exponen las teorías de la verdad, las cuales son: teoría coherentista, pragmática, consensualista y la teoría de la correspondencia. En la parte segunda del capítulo uno se analiza el tema de la verdad como objetivo del procedimiento, en este se vislumbra la verdad real, la verdad forma. En la tercera parte del capítulo uno se hace un análisis de los medios y métodos para averiguar la verdad, en este apartado se analizan temas tales como: el concepto de prueba, elementos de prueba, el objeto de prueba, medio de prueba y el órgano de prueba. En la cuarta parte del capítulo uno se hace un breve análisis sobre los principios que rigen la prueba penal en los cuales se toman: la investigación oficial de la verdad (principio inquisitivo), libertad de prueba y la libre convicción como método de valoración de la prueba. En el capítulo segundo en la parte primera se hace un análisis sobre los límites formales para la averiguación de la verdad, en este apartado se habla del concepto de límites, se hace además un análisis de dichos límites los cuales son: El derecho de abstención, el imputado como objeto de prueba, la supresión de la tortura y la protección del domicilio, las comunicaciones y los papeles privados. En la sección segunda del capítulo dos se hace un análisis de las garantías que aseguran la averiguación de la verdad. En él se trata el tema del contradictorio visto como un método para encontrar la verdad y como un derecho de las partes...
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    Prueba pericial de balística: su aplicación y valoración en el proceso penal costarricense
    (2010) Campos Delgado, Roberto Alexandre; Zamora Acevedo, José Miguel
    Prueba es todo aquello que puede ayudar a descubrir la verdad y generar convicción positiva o negativa sobre los hechos que son investigados, sin importar la rama del derecho en la que nos encontremos. Así, la importancia de la prueba radica en que ésta es el medio para lograr un fin del proceso penal, que es la búsqueda de la verdad real. Usualmente un hecho sometido a una investigación judicial tiene características científicas, técnicas o artísticas que escapan del conocimiento jurídico o común de los jueces y demás sujetos procesales. Es por esto que se recurre a los expertos o peritos, para que aporten los conocimientos que podrían estimarse necesarios para el esclarecimiento y determinación del hecho acusado. Entonces, la pericia es el medio probatorio que aporta datos especializados y determinantes al proceso de verificación y refutación, que se desarrolla en una investigación judicial. La balística es uno de los conocimientos ténicos que es objeto de peritaje, siendo ésta la ciencia o arte que, mediante la utilización de técnicas predeterminadas, estudia todo lo referente a las armas de fuego, incluyendo el movimiento de los proyectiles como consecuencia de su uso y los resultados generados a partir de esa circunstancia. Actualmente el Departamento de Ciencias Forenses del Organismo de Investigación Judicial puede realizar las siguientes pruebas de balística: aptitud para el disparo, celosidad del arma de fuego, calibre del arma empleada, recolección de residuos de disparo (en manos, en ropa y orificios de entrada en piel, y distancia del disparo), balística identificativa (identificación de casquillos y identificación de proyectiles) y reconstrucción de hechos (número de disparos, distancia del origen de los disparos, adherencias e improntas en los proyectiles, trayectorias de disparo, determinación de la posición del arma de fuego y la posición del blanco). La prueba técnica de balística al ser aplicada...
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    El reconocimiento de personas como medio de prueba en el proceso penal: su regulación normativa en el Código Procesal Penal y crítica de la jurisprudencia de la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia
    (2007) Quirós Pereira, José Asdrúbal; Gatgens Gómez, Erick
    Contenido. La presente investigación trata sobre el reconocimiento de personas como medio de prueba en el proceso penal; los aspectos dogmáticos, normativos, jurisprudenciales y psicológicos a considerar por parte de los distintos operadores jurídicos para su adecuada comprensión y valoración. Siendo uno de los fines del proceso penal el descubrimiento de la verdad real respecto de los extremos objetivos y subjetivos de la imputación delictiva, resulta esencial la individualización de la persona o personas que aparezcan como partícipes del hecho. Dentro de este contexto se ubica el reconocimiento de personas; consiste éste en un acto procesal reglado conforme al cual la persona señalada por el testigo como autor o partícipe del delito es puesta a la vista de aquél junto a otras de condiciones exteriores similares, verificándose de tal forma si el sujeto que -por responder a las referencias suministradas- ha sido señalado como autor o partícipe del hecho, es efectivamente tal. Dada la naturaleza psicológica del reconocimiento -que procura establecer o excluir la existencia de un juicio de identidad entre una percepción presente y una pasada-, éste se halla expuesto al riesgo de errores y manipulación por parte de las autoridades policiales o judiciales, circunstancias que demandan particular cautela en el momento de su valoración. Es por ello que resultan objeto de especial consideración los aportes realizados por la Psicología del Testimonio respecto de los factores que influyen sobre los procesos de percepción, aprehensión y evocación de imágenes por parte de un observador así como sobre la incidencia de las técnicas de entrevista e interrogatorio en la recuperación de dichos recuerdos. El análisis dogmático y normativo del reconocimiento -confonne a la regulación contenida en el Código Procesal Penal- lleva a concluir que éste constituye un medio de prueba de naturaleza definitiva e irreproductible, cuya práctica...
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    Cadena de custodia de la evidencia en el nuevo código procesal penal
    (2002) Ocampo Vargas, Cristian; Arroyo Gutiérrez, José Manuel
    Se propone resaltar la importancia que reviste para un adecuado sistema de administración de justicia penal, el que todos los operadores del derecho conozcan y respeten los pasos que conlleva la cadena de custodia de la evidencia, dadas sus implicaciones jurídicas a la luz del nuevo Código Procesal Penal. El análisis del tema toma como base la teoría de la prueba penal, complementada con los principios procesales probatorios. El desarrollo concreto se analiza en especial desde un punto de vista jurídico, sin dejar de lado los requerimientos de orden técnico. Se enfoca el quebranto en la custodia de la prueba en atención al desarrollo que se le ha dado a la doctrina de la prueba ilícita, comparando la actual normativa procesal penal, con el anterior Código de Procedimientos Penales, la Ley Orgánica del Organismo de Investigación Judicial y algunas directrices emitidas por la Fiscalía General de la República. Finalmente, se hace un estudio jurisprudencial, esquematizando en forma temática el trato que se le ha dado al tema. La debida custodia del dato probatorio se justifica por el hecho de que la actual normativa procesal penal considera como prueba susceptible de ser valorada en sentencia, aquella que es evacuada durante el desarrollo del juicio oral y público. Por tal razón, dicha evidencia debe canalizarse a lo largo del proceso respetando los requisitos legales y formalidades técnicas que permitan verificar en juicio su integridad y veracidad probatoria, so pena de ser declaradas ilfcitas por violación al principio del debido proceso. No obstante lo anterior, se constatan prácticas inadecuadas en el manejo de la evidencia, como lo es el cúmulo de potestades conferidas a la Policía Judicial en la manipulación mutuo propio de la evidencia física. Del estudio normativo se desprenden inconsistencias y omisiones que denotan una regulación deficiente. En efecto, mucha de las normas de la Ley Orgánica del Organismo de Investigación...

SIBDI, UCR - San José, Costa Rica.

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