1. Trabajos finales de graduación de grado

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    Humanización de la justicia en el derecho procesal de familia: implicaciones teórico-prácticas para el ordenamiento costarricense
    (2023) Calvo Brenes, Enrique Alonso; Figueroa Flores, Roxana
    Justificación del tema. Ante la práctica de efectivizar derechos y combatir la mora judicial, aunado a la virtualidad de procesos por la facilidad de gestión de casos y la crisis biosanitaria, es necesario visibilizar la humanización de la justicia en el Derecho, con interés en la rama de Familia, al trastocar derechos que inciden en las relaciones fundacionales de la sociedad. Adquiere relevancia el rescate, integración y adaptación de la humanización a los procesos judiciales actuales, a fin de que no respondan exclusivamente a meros formulismos procesales y observancias de plazos. El abordaje humanista es vital para recordar que, en el fondo, se trata de intereses, antecedentes y pretensiones, todos ligados, indefectiblemente, a lo humano. En los antecedentes, se evidencia el tratamiento de la humanización de la justicia, mayoritariamente en el Derecho Penal, con profusa doctrina y jurisprudencia. Las escasas obras sobre los procesos humanistas en el Derecho de Familia, en el ordenamiento jurídico nacional y otras latitudes, darían pie a estudios innovadores y prometedores que echen mano de la teoría y práctica existentes en otras ramas para enriquecer un abordaje tan incipiente en esta materia. El Derecho Procesal de Familia, con su campo de aplicación en las relaciones paterno-filiales, materno-filiales, conyugales, de convivencia y parentesco, debe entenderse y abordarse desde lo humano, ya que son personas en el seno de las interacciones sociales más estrechas, universales y antiguas, quienes dan vida e impulsan el desarrollo de la rama familiar. Formulación de la hipótesis. Humanizar el Derecho Procesal Familiar es condición indispensable para replantear el eficientismo dentro de una justicia garantista que promueva la dignidad de la persona como máxima consideración en la resolución de conflictos. Objetivo general. Visibilizar la trascendencia de la humanización de la justicia como garantía de la dignidad humana...
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    Del antropocentrismo dominador al antropocentrismo mayordómico: progreso, desarrollo y ecología en el discurso ético oficial católico de la Populorum Progressio (1967) hasta la Sollicitudo Rei Socialis (1987)
    (2018) Ortiz Pineda, Eduard Edgardo; Masís Iverson, Katherine
    La Doctrina Social de la Iglesia (DSI), es el conjunto de principios en donde se sintetiza la preocupación de la Iglesia por los problemas ético-sociales. Oficialmente, es el papa León XIII quien en su encíclica Rerum Novarum, inaugura dicho corpus ético-doctrinal. Sin embargo, el discurso ético oficial católico (DEOC), no se reduce a la OSI; en otras palabras, hay postulados éticos mucho antes de León XJJJ, puesto que ha habido Papas que se posicionan social y políticamente con respecto a los problemas de su época. Este DEOC constituido por encíclica, homilías, discursos, decretos y constituciones conciliares, junto con el Catecismo de la Iglesia, son el marco de referencia ética a través del cual se ha regido y debe regirse todo aquel que se denomine católico. El DEOC, después de Vaticano I ha venido teniendo alcances más allá de las fronteras de Europa. Pero, es hasta la llegada del concilio Vaticano II que, dicho discurso, llega a tener un alcance universal, debido, entre otros aspectos, al giro antropocéntrico que dio el DEOC en el tratamiento de las problemáticas del mundo; como lo son, el problema del progreso/desarrollo y la relación del hombre con sí mismo, con los demás y con la naturaleza toda. Estos temas, fueron elaborados por el papa Pablo VI, en su Populorum Progressio y dentro del DEOC tuvieron un impacto global. Es ese alcance universal del DEOC con relación a tres problemas de nuestro tiempo: el progreso, el desarrollo y la ecología, el que se pretende rastrear y analizar en esta investigación. La hipótesis que se esgrime es que a partir del concilio Vaticano II, el DEOC asume -lo que esta investigación denomina- un antropocentrismo con Dios, debido a la influencia filosófica que tuvo el Personalismo de Emmanuel Mounier y el Humanismo Cristiano de Jacques Maritain, en las ideas del Concilio. A dicho cambio en el DEOC, se le denominó...
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