1. Trabajos finales de graduación de grado

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    La necesidad de regular a los asesores de inversión independientes
    (2020) Jiménez Vargas, Andrea; Rojas Jiménez, Andrea; Chacón González, María Emilia
    Justificación: El mercado de valores en Costa Rica y en el mundo en general, en los últimos años ha sufrido grandes cambios. El número y la diversidad de inversionistas ha aumentado considerablemente, al igual que los servicios de intermediación y financieros, los cuales se han vuelto más complejos y sofisticados. Con respecto a los participantes del mercado de valores en Costa Rica, surge una nueva problemática: la falta de control o supervisión sobre los asesores de inversión que no se encuentran regulados, ya que, no forman parte de los intermediarios de valores supervisados por la Superintendencia General de Valores (SUGEVAL), los cuales sí están sujetos a disposiciones legales y reglamentarias. Debido a este gran crecimiento en nuestro mercado de valores, surge la necesidad de que los inversionistas cuenten con un debido asesoramiento sobre los distintos tipos de mercados, inversiones, riesgos, títulos y bienes, entre otros factores; que influyen directamente en la actividad del sistema financiero. Sin embargo, al no existir regulaciones y sanciones para los asesores de inversión independientes, el inversionista puede ser asesorado por personas no profesionales en la materia, perjudicando sus intereses y finanzas. Asimismo, resulta una competencia desequilibrada con los intermediarios supervisados, ya que, no están sujetos a las mismas condiciones. Ante esta situación en Costa Rica, resulta necesario estudiar y analizar cómo se debe de regular la actividad de asesoría de inversión independiente y plantear los estándares mínimos que debe contemplar su regulación. Hipótesis: Es necesaria una reforma legal para regular la actividad de asesoría de inversión independiente, debido a que ni el Consejo Nacional de Supervisión Financiera (CONASSIF) ni la SUGEVAL, cuentan con las potestades legales para regular, sancionar y fiscalizar esta actividad; lo anterior para garantizar una mayor seguridad jurídica...
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    El derecho a la información del inversionista: un análisis jurídico penal respecto su tutela a la luz de la legislación penal costarricense
    (2015) Pinnock Morales, Manfred; Salazar Murillo, Ronald
    La justificación que da pie al desarrollo del presente trabajo tiene como sustento empírico la observación particularizada sobre el inversionista y su interacción con el mercado, quien en, no pocas ocasiones, puede ver insatisfechas sus pretensiones ante una instancia jurisdiccional, de cara al perjuicio que pueda ocasionar en su contra un agente del mercado bursátil. Haciendo un análisis en términos generales, surge la interrogante respecto de las herramientas de acceso a la información que pone el Estado a disposición del público, y en relación con la tutela que da al inversionista bursátil el Estado, y la determinación de cuán suficiente resulta ésta dentro del marco normativo de derecho sancionatorio vigente. Por ello, el problema del presente trabajo surge de la observación de cierto fenómeno de lo social en particular, sea la posición del inversionista respecto de la asimetría de la información y su tutela en materia penal; dicho esto en el presente trabajo se centra el foco de estudio en la protección penal con base en los medios y disponibilidad, acceso y difusión de información veraz y oportuna al inversionista en el Mercado, que comprende un fenómeno objetivo debidamente regulado. Dicho esto, la información en materia bursátil es de especial interés dado que sobre ésta se asienta todo el funcionamiento y operativa del mercado, así como el desarrollo de la economía nacional; por ello, someter a análisis la intervención del derecho penal en la tutela de la información como elemento consustancial del funcionamiento y operativa del mercado es apremiante. Si no se cuenta con suficiente información - cualitativa y cuantitativamente hablando -, las decisiones de los inversionistas estarán viciadas con las implicaciones nocivas sobre el patrimonio individual y la confianza en el mercado que implica. Por ello, las transgresiones al derecho a la información del inversionista comprenden una situación...
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    Principales críticas a la Nueva Ley Reguladora del Mercado de Valores desde una perspectiva civil y mercantil
    (1999) Wilson Morales, Sofía; Araya González, Daniel; Gutiérrez Cerdas, Alfonso
    La Nueva Ley Reguladora del Mercado de Valores hace muchos aportes al Mercado Bursátil, lo dota de una estructura más dinámica, moderna y coherente para su desarrollo. Sin embargo, a pesar de los grandes avances que para nuestro Mercado de Valores produce esta nueva normativa, es también cierto que muchas de las reformas introducidas por esta Ley a otros cuerpos legales, con el fin de cumplir sus principios, fueron concebidas desde una perspectiva meramente económica, la cual, además de abandonar la jurídica, entra algunas veces en evidente violación con nuestro sistema de derecho. Es precisamente este segundo aspecto el pilar de nuestra investigación, el cual está orientado a demostrar cómo ciertos institutos de esta nueva Ley, concebidos en el trabajo como críticas a la Ley Reguladora, tales como el establecimiento de la cesión en garantía, la limitación del endoso al cheque, la figura del beneficiario en las cuentas corrientes, de ahorro y depósitos a plazo, y las potestades de las bolsas para resolver contratos y declarar nulidades; abiertamente se contraponen a nuestro orderiamiento jurídico. Para ello, en el título primero se comentan los principales aspectos de esta nueva Ley,así como sus antecedentes históricos; mientras que el segundo título está dividido en cuatro capítulos, dedicado cada uno al estudio tde las críticas señaladas, a través de los cuales primero se realiza un análisis plenamente jurídico de los mismos, posteriormente se les estudia de la forma en que la nueva Ley los concibe y, finalmente, se demuestra la incoveniencia de tal trato. En este sentido, en cuanto a la cesión en garantía se concluye que la misma no sólo está al margen de la ley al no estar regulada, sino que también no es posible en nuestro derecho privado por ser el mismo un contrato principal, nominado e independiente, que tiene por objeto transmitir un derecho, lo cual no puede variarse condicionándose tal traspaso a un eventual...
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