Ciencias Sociales
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Item Análisis del procedimiento para juzgar a los miembros de los Supremos Poderes en Costa Rica a la luz de las garantías fundamentales(2023) Jiménez Arias, Gabriel; Carvajal Pérez, Marvin A.La presente investigación se realiza ante las múltiples críticas que ha recibido por parte de la doctrina costarricense el procedimiento para juzgar a los miembros de los Supremos Poderes. Así, por ejemplo, el profesor Javier Llobet afirma que no existe razón alguna que justifique el privilegio para que altos jerarcas del Estado sean juzgados por la Sala Tercera de la Corte Suprema de Justicia y no por un tribunal ordinario. El Dr. Carlos Tiffer en un artículo de opinión publicado en un diario nacional califica el procedimiento de absurdo, inconsistente, contradictorio y hasta inconstitucional. El profesor Omar Vargas ha criticado que el procedimiento especial quebranta el principio fundamental de igualdad y es inconveniente desde el punto de vista social, político y de la independencia e imparcialidad. La Msc. Rosaura Chinchilla Calderón, jueza de apelación de sentencia penal, ha reprochado que los diputados sean las únicas personas que puedan escoger a quienes los van a juzgar en el futuro. Chinchilla también ha urgido por una reforma al Código Procesal Penal (CPP) que permita que estos juicios queden a cargo de la justicia común. La Asamblea Legislativa tramita dos proyectos de reforma constitucional y uno de reforma legal para modificar el procedimiento. La Comisión Permanente de Asuntos Jurídicos del Congreso llegó al acuerdo político el 2 de marzo de 2022 de impulsar dos de estos proyectos para acabar, en palabras de los mismos congresistas, con el trámite privilegiado y diferenciado que existe actualmente. Es en el contexto anteriormente expuesto que el presente trabajo de investigación analiza el juzgamiento a miembros de los Supremos Poderes a la luz de las garantías fundamentales. Esto con el fin de determinar si existe alguna incompatibilidad con la Constitución Política. Además, se examinarán las propuestas de reforma que se tramitan desde el Congreso con el objetivo de verificar si estas logran corregir las falencias...Item Análisis jurídico de la anulación de normas por conexión y su aplicación en las sentencias estimatorias de inconstitucionalidad(2020) Gutiérrez Campos, Esteban; Miranda Bonilla, HaideerEl ordenamiento jurídico costarricense se basa predominantemente en el sistema expuesto por el positivismo jurídico. En este, existe un sistema de normas jurídicas en donde hay unas que prevalecen sobre otras en un estricto orden. La Constitución Política, cuyo contenido incluye la forma de organización del Estado costarricense y los principios y valores determinados por el constituyente como más valiosos, es la norma considerada superior. De manera general, todas las manifestaciones del Estado, incluyendo la emisión de normas jurídicas infra constitucionales, ven su validez supeditada al contenido del parámetro constitucional, esto como resultado de la vigencia del principio de regularidad. Existen varias opciones para garantizar la supremacía de la Carta Magna. En Costa Rica se opta por el control judicial de constitucionalidad, realizado a través de la Sala Constitucional, integrada por jueces especializados para resolver los temas de esta índole. Esta investigación se propone estudiar una de las facultades más inexploradas en cuanto al control de constitucionalidad en Costa Rica: la anulación de normas por conexión. Para ello, inicialmente, se realiza un análisis contextual, desde la teoría general del Derecho predominante, sobre la pertenencia y anulación de normas en el ordenamiento jurídico, con especial prevalencia en el concepto de validez normativa. Luego, se traslada el análisis al ámbito específico de la anulación de normas por conexión, prestando atención a la existencia de conexiones entre normas jurídicas, sus tipos, y a una serie de criterios sugeridos para determinar la necesaria e inescindible conexión normativa que pueda dar cabida a este tipo de anulación. Lo anterior, intentando no perder de vista la aplicación práctica del instituto y entendiendo que nuestro ordenamiento jurídico vigente no necesariamente goza de plena coherencia; y más bien comprendiendo a la anulación de normas por conexión...Item Mecanismos procesales para la ejecución de sentencias de la Sala Constitucional de Costa Rica(2019) Boza Castillo, María Gabriela; Reyes Salas, Mariela; González Porras, AndrésLa Sala Constitucional, desde su creación, ha sido la responsable de velar por el cumplimiento efectivo de las normas y la protección de los derechos y garantías fundamentales consagrados en la Constitución Política, Tratados y Convenios Internacionales y Derechos Humanos vigentes en Costa Rica. De manera que este Tribunal Constitucional tiene por objeto ¿además del control de constitucionalidad- la restitución de los derechos lesionados de los recurrentes. Debido a la necesidad de garantizar una tutela judicial efectiva, así como el derecho a la justicia pronta y cumplida es necesario abarcar el tema de la ejecución de sentencia por parte de la Sala Constitucional. Concretamente, se estudian los mecanismos con los que cuenta este Tribunal para ejecutar sus fallos, o bien, la forma en que la carencia de estos mecanismos se ha convertido en un problema jurídico que limita el actuar de la Sala y permite el incumplimiento de un porcentaje de sus sentencias sin mayores consecuencias. La falta de mecanismos procesales que le permitan a la Sala Constitucional ejecutar sus sentencias, a su vez, constituye una violación al numeral 153 constitucional, el cual le confiere a esta Sala el deber de ejecutar sus resoluciones. Es por lo que se considera necesario dotar al Tribunal Constitucional de mecanismos procesales para la ejecución de sus fallos. Existen dos posibilidades para la ejecución íntegra de las sentencias constitucionales. La primera de ellas es la creación de jueces ejecutores que se especialicen en garantizar el fiel cumplimiento de las sentencias dictadas por la Sala Constitucional. La segunda posibilidad, es la aplicación supletoria de los mecanismos de ejecución regulados en el Código Procesal Contencioso Administrativo y el Código Procesal Civil, esto en virtud de la disposición expresa del artículo 14 de la Ley de la Jurisdicción Constitucional. Por lo que el objetivo de esta investigación se basa en analizar...Item Control previo de constitucionalidad en materia referendaria(2019) Rojas Castroverde, Erick Eduardo; Fallas Redondo, David AlbertoI. Justificación: En Costa Rica la interpretación de la norma constitucional dejó de ser desde mediados del siglo XX una tarea netamente política y se transformó en algo judicial, que con el pasar de los años desembocó en un sistema especializado de interpretación constitucional (año 1989, reforma del artículo 10 de la Constitución Política). Es en este contexto donde se desarrolla el inicio evolutivo del control de constitucionalidad (de legisladores a jueces especializados) y que alcanza su pináculo máximo con la puesta en la escena constitucional de la figura del referendum (año 2002, reforma del artículo 102 de la Constitución Política) que transformó el concepto básico de Democracia en Costa Rica. Con la figura del referendum vigente, es importante su estudio su dentro del marco constitucional y electoral para así identificar el dónde, el cuándo y el cómo del control previo de constitucionalidad en materia referendaria. Los casos denominados: el Tratado de Libre Comercio entre Estados Unidos, Centroamérica y República Dominicana (TLC), Ley de Maltrato Animal, ley de convivencia de personas del mismo sexo, Pulmón del Mundo, etc., son objeto de estudio por el fondo analítico e interpretativo que han supuesto de la norma constitucional y electoral. II. Hipótesis: Las competencias originales que la Constitución Política otorga al Tribunal Supremo de Elecciones, aunadas a la reforma constitucional que regula el referendum, facultan a ese órgano para que pueda realizar control previo de constitucionalidad en los proyectos que pretenden a someterse a democracia directa. III. Objetivo general: Analizar las competencias originales y derivadas que la Constitución Política otorga al Tribunal Supremo de Elecciones para así determinar el empoderamiento autónomo que tiene este para realizar el control previo de constitucionalidad sobre los proyectos que se promueven para someter...Item Control de convencionalidad: ¿es posible un sistema de aplicación difuso dentro del ordenamiento jurídico costarricense?(2015) Salon Piedra, Juan Diego; Zamora Acevedo, José MiguelCuando un Estado, en principio democrático y de Derecho, viola los derechos humanos en su región (e incluso en territorio ajeno), deja de ser garante y a la vez, incumple las obligaciones pactadas en los Tratados y Convenciones Internacionales que ha firmado y ratificado sobre la materia. La razón primordial que motiva este trabajo de investigación es la indignación que surge al observar que no se están aplicando los principios de derecho internacional de forma correcta a nivel nacional, en claro y flagrante perjuicio de las personas sujetas a nuestro aparato penal estatal. El valor es de tipo académico, puesto que se pretende abrir la discusión sobre la competencia de un juez penal para desaplicar un inciso vigente del Código Procesal Penal, a la luz de la Convención sobre Derechos Humanos, en una correcta aplicación del principio de convencionalidad; y todo lo anterior, sin la necesidad imperativa de realizar una consulta de constitucionalidad ante la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia. Este trabajo cuenta con dos hipótesis: 1) En Costa Rica el ordenamiento jurídico nacional, el internacional incorporado al Derecho interno y la jurisprudencia constitucional (con especial énfasis) propician que se pueda dar un control de convencionalidad por parte del Juez ordinario 2) El instituto jurídico del control de convencionalidad no es ampliamente conocido y es inaplicado en ciertas situaciones, sometidas a conocimiento por parte de integrantes de la judicatura del Poder Judicial costarricense, en plena violación de una parte del articulado contemplado dentro de la CADH El objetivo general de la presente investigación es analizar el instituto del control de convencionalidad, su aplicación e interpretación dentro del ordenamiento jurídico costarricense. Respecto de la metodología a seguir, a nivel cualitativo se indagará: 1) La información actual a nivel doctrinario, tanto a nivel procesal, como de derecho sustantivo...Item Principio de división de poderes y control de constitucionalidad: del equilibrio en el ejercicio del poder a la supremacía del Tribunal Constitucional : ¿abusos e intromisiones de la Sala Constitucional en la labor del Poder Legislativo?(2013) Meza Dall'Anese, Walter; Ramírez Ramírez, Carolina; Venegas Avilés, Luz MarinaA fin de garantizar el Principio de Supremacía de la Constitución ha resultado necesario instaurar mecanismos, vías e instancias que protejan la Carta Fundamental, al tiempo que fiscalicen y verifiquen si en el ejercicio del poder político se le ha vulnerado. Así ha nacido el control de constitucionalidad que se ha introducido en los Estados Democráticos de Derecho rediseñando el esquema clásico de división de poderes e imponiendo una nueva metodología en lo que al sistema de frenos, pesos y contrapesos concierne. En el caso costarricense fue en 1989 cuando, al crearse la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, fueron redefinidas las bases sobre las cuales se sustentaba el equilibrio entre los poderes de la República, con evidentes repercusiones en el sistema político. La presente investigación analiza algunas de las repercusiones que el actuar de la Sala constitucional ha representado para el sistema político costarricense durante casi 25 años de vida institucional. De manera particular, las reflexiones desarrolladas en estas páginas refieren la incidencia de las decisiones del tribunal constitucional en la función ejercida por la Asamblea Legislativa, reflexiones construidas aplicando los preceptos de la teoría clásica de división de poderes y de la teoría del control de constitucionalidad, con base en el análisis de tres sentencias emblemáticas -a criterio de los investigadores: las sentencias de 2000 y 2003 sobre la reelección presidencial, y la de 2010 relativa a la consideración del deber de probidad en la función pública como causal para la cancelación de credenciales a miembros de los Supremos Poderes (caso concreto de los diputados)