Ciencias Sociales

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    Efectos de la desgravación arancelaria de los tratados de libre comercio en Costa Rica: caso del CAFTA-DR-USA
    (2020) Durán Álvarez, Jonathan; Matamoros Castillo, Paulina; Williams Rojas, Néstor; Marín Castro, Carlos
    La presente investigación tiene como objetivo analizar los efectos de la implementación de los tratados de libre comercio en Costa Rica, específicamente para el caso del CAFTA- DR, en materia de desgravación arancelaria para los sectores lácteo, arrocero y porcino. Se estudian los tratados de libre comercio, así como sus efectos a través de la desgravación arancelaria. Esto permite obtener una perspectiva teórica, la cual sirve como sustento a lo largo de la investigación. Costa Rica ha sido parte de un constante proceso evolutivo dentro del comercio internacional, el cual le ha permitido ir creando nuevas oportunidades para buscar el desarrollo económico del país. Todo esto ha sucedido desde la adopción del GATT, incorporación a la OMC y la firma de distintos acuerdos comerciales, con amplios beneficios interdisciplinarios. Con los acuerdos de libre comercio, estos procesos no han sido distintos, negociaciones bilaterales y multilaterales han permitido al país abrir sus puertas con aliados comerciales históricos de gran importancia, tanto así, que algunos de sus acuerdos han sido renegociados con mejores condiciones para los firmantes. Es así que, el proyecto busca analizar la relación entre la desgravación arancelaria del CAFTA-DR y las acciones o cambios en el modelo de negocios o en las actividades de los sectores porcino, arrocero y lácteo. Principalmente porque como se analiza más adelante, estos sectores han sido protegidos en diferentes acuerdos comerciales anteriores y posteriores al CAFTA-DR. La investigación brinda la descripción del CAFTA-DR en los sectores lácteo, arrocero y porcino, así como los efectos de la desgravación arancelaria. Estos son productos altamente protegidos, tanto a lo interno del país, como internacionalmente. Costa Rica optó durante la negociación del CAFTA-DR, por evitar afectar a estos sectores, en el menor plazo posible. Es por ello que, se acordaron plazos de gracia...
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    Propuesta de actualización de las notas técnicas de importación 39, 51, 54 y 57 reguladas por el Ministerio de Salud de Costa Rica en el arancel integrado de Costa Rica para la Promotora de Comercio Exterior (PROCOMER)
    (2019) Brenes Ramírez, Saylin; Calderón Méndez, Maylin; Law Tapia, Kevin; Rojas Guevara, Josué; Solano Ortega, Maureen; Pampillo Agüero, Minor
    Este trabajo final de graduación consiste en una propuesta para actualización de los permisos de importación o notas técnicas del arancel integrado de aduanas: 39, 51, 54 y 57. El objetivo general es determinar si la aplicación de las notas técnicas 39, 51, 54 y 57 del Ministerio de Salud de Costa Rica incluidas en el arancel integrado están actualizadas, se deben modificar o eliminar de acuerdo con los requisitos y regulaciones que exigen. Las notas técnicas de importación son emitidas y reguladas por el Ministerio de Salud de Costa Rica y se tramitan por medio de la Ventanilla Única que administra PROCOMER. La metodología que se utilizó para el desarrollo de la investigación consistió en el análisis documental de la legislación actual que regula o está relacionada con las notas técnicas, así también se hicieron consultas a expertos y mesas de trabajo con representantes del Ministerio de Salud. Se construyeron cuadros de análisis para cada de las notas técnicas en estudio, los cuales exponen si las mismas son incluidas, excluidas o se mantienen bajo el control de las codificaciones arancelarias involucradas. Tras un apartado introductorio, se dedicó el primer capítulo de la investigación a exponer aspectos generales relacionados con el tema en estudio, donde se abordaron aspectos, como: los objetivos y problema de la investigación, alcances, limitaciones, así como antecedentes de las medidas no arancelarias y la justificación. En el capítulo dos, se trabajó aspectos de los principales marcos de la investigación, entre ellos el marco referencial, contextual, administrativo y legal. Todos estos fueron desarrollados de acuerdo con las exigencias del proceso investigativo. El capítulo tres, se dedicó al desarrollo de la metodología de la investigación, en la cual se define cada uno de los instrumentos para llevar acabo la propuesta planteada. En el capítulo cuatro, se detalló la normativa nacional e internacional...
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    Análisis merceológico-arancelario y comercial de los módulos de iluminación tipo LED importados por la empresa: Neón Nieto SA 2010-2017
    (2019) Otárola Luna, Gloria; Murillo Zamora, Carlos Gerardo
    Este documento analiza la clasificación arancelaria de 3 módulos de iluminación tipo LED importados por Neón Nieto. La empresa inicia la importación en el 2010, utilizando la clasificación merceológica 8541.40, esto según criterios de la V Enmienda. A esta subpartida se le determina la clasificación arancelaria 8541.40.00.90, la cual tiene una carga tributaria absoluta del 13%. Para el año 2015, la empresa cuenta con tres posibles clasificaciones arancelarias para los módulos, además de la ya mencionada en la partida 85.41, tenía la 9405.40.90.00, indicada por la Aduana Santamaría y el Departamento Técnico indica la 8543.70.92.00 para los módulos individuales. Las tres clasificaciones tienen diferentes cargas tributarias. Los tres módulos analizados son: malla, guirnalda y barra. Para los módulos en barra, la VI Enmienda realiza una modificación a la subpartida 8539.50 agregado ¿tubos LED¿ en su epígrafe. Los módulos tipo LED en barra son tubos LED, por tanto, se clasifican en: 8539.50.00.00.00 según la VI Enmienda. Los módulos en barra y en guirnalda se consideran aparatos de alumbrado, por lo que clasifican en: 9405.40.90.00.00. En ambas clasificaciones se da un cambio en la carga tributaria con respecto a lo pagado en el 2010 por la empresa. Por consiguiente, es necesario presentar propuestas que permitan xvii mantener la carga tributaria a lo que se pagaba inicialmente, ya que el cliente costeó y preparó su presupuesto basado en una carga tributaria de 14.13% y no de 29.95%. La posibilidad de bajar una carga tributaria de manera legal se da solamente por la aplicación de Tratados de Libre Comercio. Por el origen de los módulos se analizan los tratados firmados entre Costa Rica y China y entre Centroamérica y la Unión Europea. Debido a la actual logística de importación que maneja la empresa, pierden el origen chino, por tanto, la aplicación del trato preferencial no es factible. Para solucionar esto se realizan...
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    Propuesta de actualización de las notas técnicas de importación, exportación y reexportación número 36 y 81, reguladas por el Ministerio de Ambiente y Energía y número 38, regulada por la Dirección de Gestión de Calidad Ambiental, Oficina Técnica de Ozono en el Arancel Aduanero de Costa Rica para PROCOMER
    (2019) Mc Donald Madrigal, Falon; Paniagua Ballestero, José Luis; Venegas Villalobos, Ana María; Fernández Cantón, Shilveth
    Las notas técnicas son requisitos no arancelarios que se utilizan para la protección de bienes legítimos como la salud humana y los recursos del planeta. Su aplicación supone el cumplimiento de criterios específicos, necesarios para que las operaciones de comercio internacional del país se realicen bajo un marco de legalidad que garantice el cumplimiento efectivo de los Acuerdos internacionales que Costa Rica suscribe en materia ambiental: específicamente el Protocolo de Montreal para la protección de la capa de Ozono, y la Convención sobre el Comercio Internacional de Especies Amenazadas de Fauna y Flora Silvestres (CITES). Estas normativas constituyen la base jurídica internacional sobre la cual el país comienza a implementar leyes en esta materia. Esta investigación consiste en una actualización en el Arancel Aduanero de Costa Rica para evaluar si la aplicación de las notas técnicas 36 y 81, reguladas por el Ministerio de Ambiente y Energía, y la nota técnica 38, regulada por la Dirección de Gestión de Calidad Ambiental a través de la Oficina Técnica del Ozono, responden directamente a una necesidad legítima de protección hacia estos recursos, o si representan un requisito innecesario en los regímenes de importación y exportación definitiva, así como en la reexportación. De esta forma, los Entes encargados de regularlas poseen un panorama actualizado que les permite verificar el cumplimiento o no de los compromisos adquiridos en los Acuerdos suscritos mencionados en esta materia. Los resultados se obtienen del estudio de las distintas clasificaciones arancelarias afectas a las notas técnicas 36, 81 y 38, y su comparación con los Acuerdos suscritos por el país. De esta forma, se elimina su aplicación innecesaria y se determina si alguna clasificación arancelaria, que no requiere actualmente de ninguna de estas notas técnicas, requiere su implementación. Dentro de la investigación como respuesta a los hallazgos...
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    Propuesta de actualización de las notas técnicas 50, 52, 62 y 269 reguladas por la Dirección de Atención al Cliente y la Autoridad Nacional sobre Armas Químicas, del Ministerio de Salud, en el arancel aduanero de Costa Rica para la Promotora de Comercio Exterior (PROCOMER)
    (2017) Aguilar Campos, Angie; Calderón Chavarría, Melissa; Fernández Cordero, José Daniel; Matamoros Arias, Hazel; Rivera Bonilla, Rodrigo; Vargas Elizondo, Jennifer; Fernández Cantón, Shilveth
    La presente investigación se enfoca en una propuesta de actualización de las Notas Técnicas 50, 52, 62 y 269 reguladas por la Dirección de Atención al Cliente y la Autoridad Nacional sobre Armas Químicas, del Ministerio de Salud, en el arancel aduanero de Costa Rica para PROCOMER. Las Notas Técnicas, son las medidas no arancelarias que utiliza el comercio en bienestar de las diferentes naciones, las mismas están normadas a nivel internacional por la Organización Mundial del Comercio y la Organización Mundial de Aduanas, principalmente; y a nivel nacional, por diferentes leyes, ministerios, convenios y convenciones. Respecto a la NT 50, que trata sobre alimentos, se analizan tres elementos principales para determinar su correcta aplicación, los cuales son: ¿ Grado de Elaboración. ¿ Método de Conservación. ¿ Uso Final del producto. Se propone mantener la NT a 868 incisos, eliminar la aplicación de la NT a 24 incisos arancelarios, e incorporar la aplicación de la NT a 64 incisos arancelarios, correspondientes a productos que son sometidos a un proceso de conservación que modifica su naturaleza tanto física como química, por ejemplo, salmuera o ahumado, o bien productos cuyo fin no es la industria alimentaria. En relación a la NT 52, que versa sobre Armas Químicas, se cotejó la lista de la OPAQ contra el SAC, y se propone mantener su aplicación a los 83incisos arancelarios a los cuales se les aplica actualmente la nota. Asimismo, la NT 62, referente a la importación de ropa y calzado usado, es analizada mediante la nota legal 63.3 del S.A, la cual indica como requisito para la clasificación de la ropa usado, lo siguiente: ¿ Presentar señales apreciables de uso. ¿ Presentada a granel en pacas, balas o similares. Se propone mantener la aplicación a los 02 incisos arancelarios actualmente afectados, además se insta al Ministerio de Salud y a la DGA a emitir una regulación a nivel nacional, que permita clasificar...

SIBDI, UCR - San José, Costa Rica.

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