Ciencias Sociales
Permanent URI for this communityhttps://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/8
Browse
2 results
Search Results
Now showing 1 - 2 of 2
Item La violación al debido proceso como causal de revisión en el actual régimen de impugnación costarricense(2013) Cubero Alfaro, Leonardo; Rodríguez Miranda, Martín AlfonsoA nivel doctrinario dentro del medio jurídico nacional, el tema de si la violación al debido proceso se derogó como causal de establecer un procedimiento especial de revisión de sentencia, o si continúa vigente en nuestro ordenamiento legal, no ha surgido plenamente. De manera extraña la corriente mayoritaria en nuestro país tan solo ha aceptado los criterios de algunos magistrados y escritores sobre la extinción de dicha causal como criterio para entablar este procedimiento especial, sustituyendo esta discusión por otras, las cuales no dejan de ser relevante, pero es, desde cualquier punto de vista, más urgente, necesario y novedoso, abordar el tema de si en el fondo la violación al debido proceso se puede realmente alegar y subsistió al cambio jurídico recientemente promulgado por nuestros legisladores; cambio que en tesis de principio debe darse al valorar las reformas traídas por la Ley 8837, citada como “Ley de Creación del Recurso de Apelación de la Sentencia, otras Reformas al Régimen de Impugnación e Implementación de Nuevas Reglas de Oralidad en el Proceso Penal”, donde de interés es decir que para efectos de esta investigación se derogó el inciso g) del numeral 408 del CPP, norma donde se vislumbraba la violación al debido proceso y oportunidad de defensa como uno de los supuestos para fundamentar el procedimiento de revisión de la sentencia penal. Por lo dicho se tiene como razón justificante del tema, demostrar cómo se pretende reducir con una reforma de ley, de manera abusiva los derechos de los imputados en cuanto al ejercicio de un derecho fundamental, como lo es el derecho de defensa, en el sentido de alegar la violación a un proceso debido, como causal para entablar un procedimiento de revisión. De esta manera se puede ver que dicho trabajo posee como hipótesis el determinar que existe la posibilidad de aplicar la violación al debido proceso, como causal válida para entablar un procedimiento especial...Item Violación al debido proceso como causal del procedimiento de revisión penal: reflexiones acerca de su procedencia(2008) Montero Castro, Karla Vanessa; Rodríguez Miranda, Martín AlfonsoEn 1989, con la creación de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, nuestro Código Procesal Penal sufre una importante reforma que contempla el agregar una sexta causal de procedencia para el Recurso de Revisión. Es así como nace la causal de Violación al Debido Proceso u Oportunidad de Defensa. Dicha causal no era conocida por ninguna legislación, por lo que Costa Rica se convierte en el primer Estado en otorgarle dicha oportunidad de revisión a sus ciudadanos sentenciados por delito penal. En el año 2004 Costa Rica es condenada por la Corte Interamericana de Derechos Humanos y ordena es ajustar el ordenamiento procesal penal al artículo 8.2.h y 8.1 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; esto quiere decir que el Estado de Costa Rica le debe asegurar a sus ciudadanos un recurso ordinario, eficaz, mediante juez o tribunal superior e imparcial que garantice resultados y respuestas a las decisiones jurisdiccionales contrarias a derecho. Sin embargo, no dice nada acerca de los recursos extraordinarios o procesos especiales como lo es el Procedimiento de Revisión. En razón de lo anterior, se aprueba la Ley de Apertura a la Casación que agrega como causal de casación la violación al debido proceso, por lo que se desarrolla la tesis de quienes dicen que dicha causal en revisión penal produce que las causas penales nunca lleguen a término, poniéndose en peligro la cosa juzgada material, por lo que dicho inciso debe eliminarse. Los asociados a la tesis contraria sostienen que nuestra revisión en lugar de desnaturalizar la revisión clásica y ser disfuncional, es un control constitucional y jurisdiccional de lo resuelto en los procesos penales que evidencia la creación de muchas sentencias injustas, que se consideran cosa juzgada y se están ejecutando. Analizadas ambas posiciones, se puede concluir que las patologías presentadas por los personeros de la tesis de eliminar la causal de debido proceso...