Excepción de orden público internacional: determinación mínima de su contenido mediante la aplicación del control de convencionalidad

dc.contributor.advisorObando Peralta, Juan Josées_CR
dc.contributor.authorUlloa Castillo, Nathaliaes_CR
dc.date.accessioned2019-10-09T13:59:52Z
dc.date.accessioned2021-06-17T16:08:42Z
dc.date.available2019-10-09T13:59:52Z
dc.date.available2021-06-17T16:08:42Z
dc.date.issued2019es_CR
dc.descriptionTesis (licenciatura en derecho)--Universidad de Costa Rica. Facultad de Derecho, 2019es_CR
dc.description.abstractLa noción del orden público internacional se ha desarrollado tanto desde el sistema anglosajón como desde el civil. Esta diferenciación histórica hace que no sean figuras técnicamente equivalentes aunque sirvan para propósitos similares. Respectivamente public policy proviene del derecho anglosajón, mientras que ordre public del derecho civil de origen francés estatutario. En el sistema civil la noción de ordre public se refiere al conjunto de principios básicos que conforman la base del sistema legal del Estado en cuestión, mientras que en el common law el concepto public policy es más amplio e incluye intereses políticos y sociales del Estado. Es por ello que el concepto de public policy tiene más rasgos en común con la idea de interés público que con la de orden público internacional como tal. Estas figuras se utilizan indistintamente pues ambas tienen naturaleza variable, su verdadero contenido se revela en su aplicación práctica y nunca podrá ser construido bajo una fórmula rígida. Tanto el ordre public como el public policy se definen en función del espacio y tiempo determinado, por lo que están en constante cambio. El orden público internacional es una figura exclusiva del derecho internacional privado y no debe nunca confundirse con el orden público interno, que se refiere a las normas internas que restringen la autonomía de la voluntad. La Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia interpreta muy a menudo la figura de orden público internacional como si fuese lo mismo que el orden público interno; este portillo también queda abierto con la falta de especificación en la nomenclatura del nuevo Código Procesal Civil. Es importante tener presente que la excepción del orden público internacional se manifiesta a posteriori, es siempre relativa, tutela únicamente resultados y tiene carácter restrictivo. Los efectos de la cláusula serán negativos, cuando descarte la aplicación del derecho extranjero...es_CR
dc.description.procedenceUCR::Docencia::Ciencias Sociales::Facultad de Derechoes_CR
dc.identifier.urihttps://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/9101
dc.language.isospaes_CR
dc.subjectCONTROL DE CONVENCIONALIDAD - COSTA RICAes_CR
dc.subjectDERECHO INTERNACIONAL PRIVADOes_CR
dc.subjectORDEN PUBLICOes_CR
dc.titleExcepción de orden público internacional: determinación mínima de su contenido mediante la aplicación del control de convencionalidades_CR
dc.typeproyecto fin de carreraes_CR

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