La responsabilidad penal del notario en Costa Rica

dc.contributor.advisorSánchez Boza, Ligia Roxanaes_CR
dc.contributor.authorPadilla Valverde, Marcelaes_CR
dc.date.accessioned2013-10-14T14:23:23Z
dc.date.accessioned2021-06-17T14:58:30Z
dc.date.available2013-10-14T14:23:23Z
dc.date.available2021-06-17T14:58:30Z
dc.date.issued2002es_CR
dc.descriptionTesis (licenciatura en derecho)--Universidad de Costa Rica. Facultad de Derecho, 2002.es_CR
dc.description.abstractLa responsabilidad notarial es aquella en la que incurre un notario por incumplimiento de las obligaciones que le impone el ejercicio de su función. Se produce responsabilidad cuando una persona por acción u omisión causa un daño o perjuicio a otra, lo cual trae como consecuencia la posibilidad de una sanción sobre la persona culpable o su patrimonio. La sanción siempre va a recaer sobre el sujeto que no actuó de una forma responsable, sanción podemos decir es la reparación o reposición del daño hecho a otro sujeto individual o a la sociedad en conjunto, esta reparación o reposición debe darse en forma directamente proporcional con el daño causado. La responsabilidad penal del Notario deriva de la actuación delictuosa del notario, es decir de actos u omisiones que realice contrarios al ordenamientojurídico penal, calificado como delitos. BOLLINI afirma lo siguiente con respecto a este tipo de responsabilidad: Si bien el notario está sujeto como todo individuo al común régimen penal, también está sometido a normas punitivas que le son de particular aplicación por razón de la calidad profesional que inviste y claro está, cuando quebrante una de esas normas debe soportar las respectiva pena legalmente establecida. La responsabilidad del notario se encuentra tipiñcada de acuerdo a los artículos 16, 17 y 18 del Código Notarial dentro de tres esferas a saber, estas son: o Responsabilidad civil, o Responsabilidad penal, y o Responsabilidad disciplinaria. Estas responsabilidades de acuerdo a la doctrina, legislación y jurisprudencia nacionales no son excluyentes entre sí, al respecto la legislación Argentina dice lo siguiente: ninguna de las responsabilidades enunciadas deben considerarse excluyentes de las demás. Apoyados en la lógica resulta válida la anterior afirmación, ya que los notarios pueden ser sancionados en distintos campos, en forma simultánea o sucesiva, así las diferentes esferas del actuar del notario...es_CR
dc.description.procedenceUCR::Docencia::Ciencias Sociales::Facultad de Derechoes_CR
dc.identifier.urihttps://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/1327
dc.language.isospaes_CR
dc.subjectNOTARIOS - COSTA RICAes_CR
dc.subjectRESPONSABILIDAD PENALes_CR
dc.titleLa responsabilidad penal del notario en Costa Ricaes_CR
dc.typeproyecto fin de carreraes_CR

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