Fortalecimiento de los gobiernos locales a la luz de la reforma al Art. 170 de la Constitución Política

dc.contributor.advisorCarvajal Pérez, Marvin A.es_CR
dc.contributor.authorZamora Ramírez, María Josées_CR
dc.date.accessioned2014-06-09T18:45:19Z
dc.date.accessioned2021-06-17T15:01:17Z
dc.date.available2014-06-09T18:45:19Z
dc.date.available2021-06-17T15:01:17Z
dc.date.issued2003es_CR
dc.descriptionTesis (licenciatura en derecho)--Universidad de Costa Rica, Facultad de Derecho, 2003.es_CR
dc.description.abstractEn el título primero en relación con el régimen municipal, se analizan una serie de generalidades y conceptos propios de esta materia. Uno de ellos es el concepto de administración local, de donde se rescatan como ejes la prestación del servicio público y la satisfacción de necesidades colectivas. Se estudia el fundamento jurídico del régimen municipal, propiamente el título XII de la Constitución Política y la cronología de las principales reformas que se han dado en Costa Rica en materia municipal. Por otro lado, se analiza la historia del régimen municipal en Costa Rica y en este sentido se afirma, que aparejado al desarrollo histórico de nuestra república, los gobiernos locales también han sufrido transformaciones en pro de una renovación constante, dentro del contexto socio político de la época. Constitucionalmente, la competencia de las municipalidades está delimitada expresamente por razón del territono y de la materia. En cuanto a la materia, la constitución atribuye a las municipalidades la administración de los intereses y servicios locales. Para definir el interés local, que es indeterminado, se debe acudir a la ley o en su defecto, a la interpretación jurisprudencial. Se advierte que una serie de relaciones de tipo tutelar, de coordinación, planificación o de obligaciones, se han tejido entre el Estado y las municipalidades, en algunas ocasiones, en menoscabo de la autonomía de éstas. Respecto a sus funciones, las Municipalidades pueden asumir las funciones y actividades que crean convenientes, para satisfacer el interés local, ya que la Constitución Política las faculta para ello. En cuanto a la autonomía municipal, se expone el criterio de la Sala Constitucional, mismo que señala que la autonomía municipal implica: autonomía política, autonomía normativa, autonomía tributaria y autonomía administrativa, y que las municipalidades operan de manera descentralizada frente al gobierno de la república...es_CR
dc.description.procedenceUCR::Docencia::Ciencias Sociales::Facultad de Derechoes_CR
dc.identifier.urihttps://repositorio.sibdi.ucr.ac.cr/handle/123456789/1520
dc.language.isospaes_CR
dc.subjectPRESUPUESTO - ASPECTOS CONSTITUCIONALESes_CR
dc.subjectMUNICIPALIDADES - GOBIERNO Y ADMINISTRACION - FINANCIACION - COSTA RICAes_CR
dc.titleFortalecimiento de los gobiernos locales a la luz de la reforma al Art. 170 de la Constitución Políticaes_CR
dc.typeproyecto fin de carreraes_CR

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