1. Trabajos finales de graduación de grado

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    Aplicación concurrente de los instrumentos de la Lex mercatoria (CISG y Principios UNIDROIT) al fondo de los procesos arbitrales
    (2022) Kim Murillo, Ji Soo; Guevara Vega, Róger
    Justificación. Los usos y las costumbres empleadas como fuente del derecho comercial datan de la Alta Edad Media Europea, durante la cual se popularizaron una serie de usos dentro de la comunidad de comerciantes. Estos comerciantes provenían de distintos países como Italia, Francia, España, entre otros y visitaban las llamadas ferias para vender y comprar productos. De igual manera, las constantes expediciones en búsqueda de nuevas rutas comerciales, contribuyeron al surgimiento de un derecho comercial uniforme. Todos tenían normativas e idiomas diferentes, lo cual podría imposibilitar su único objetivo, comerciar. Si se aplicaban las leyes rígidas y muchas veces incomprensibles, del lugar de la feria, los comerciantes extranjeros podían verse desalentados. Por lo anterior, se presenta una solución unificadora en el derecho internacional. Dicha solución constituía en unificar el derecho para lograr la verdadera internacionalización de la lex mercatoria, por medio de normas comunes para distintos ordenamientos jurídicos, los cuales se veían inmersos en el ámbito comercial internacional. Para esta misión, se crean la Comisión de las Naciones Unidas para el Derecho Mercantil Internacional, el Instituto Internacional para la Unificación del Derecho Privado y la Cámara de Comercio Internacional. De esta manera, la Lex mercatoria constituye un remedio ante los problemas causados por el conflictualismo normativo. Es claro que la mayoría de las legislaciones nacionales no son aptas para la regulación de transacciones comerciales internacionales. Expuesto lo anterior, se justifica estudiar la situación de la aplicación concurrente de la CISG y los Principios UNIDROIT, debido a que es un tema relevante y actual especialmente a propósito del auge del arbitraje como resolución de disputas a nivel nacional e internacional, y la necesidad de abrir las puertas a los instrumentos deslocalizados de soft law. Además, Costa Rica ha iniciado...
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    La figura del Amiable Compositeur en el arbitraje internacional y su aplicabilidad en Costa Rica
    (2019) Coto García, Valeria; Loaiza Barrantes, Luis Carlos; Torrealba Navas, Federico de Jesús
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    Análisis de la extensión de la cláusula arbitral a partes no signatarias en el arbitraje costarricense
    (2017) Fernández Vega, Laura Lelany; Torrealba Navas, Federico de Jesús
    Para nadie es un secreto que nuestro sistema judicial se encuentra sumamente saturado, lo cual ha generado que procesos judiciales lleguen a tardar diez años –o incluso más- en ser resueltos de forma definitiva. Debido a lo anterior es que en los últimos años se ha venido incorporando en la mayoría de contratos, una cláusula arbitral, a fin de dirimir sus potenciales controversias en sede arbitral en vez de la judicial. Asimismo, debido a la complejidad de los negocios jurídicos actuales, generalmente, son más de dos partes quienes intervienen, ya sea en la negociación, ejecución o terminación de un contrato. Es justamente allí donde nace la importancia del tema propuesto, ya que resulta necesario tener claro a quién atañe la cláusula compromisoria y a quién no. Actualmente, la extensión de la cláusula compromisoria a partes no signatarias –es decir, aquellos quienes no suscribieron expresamente dicha cláusula- es un tema de gran importancia a nivel mundial, pues no existe unanimidad sobre el tema. Si bien, en otras latitudes concurren diversas posiciones, teorías aplicables e incluso normativa respecto del tema, Costa Rica se ha quedado rezagado. Lo anterior, es justamente el problema que generó la presente investigación, pues se consideró que dicho vacío legal genera inseguridad jurídica, pues cuando se dé este tipo de situaciones, todo va depender única y exclusivamente de la interpretación personal y subjetiva de las partes, los árbitros y los magistrados de Sala Primera, sin normas que los respalde. La investigación partió de una hipótesis afirmativa sobre el tema. Se consideró que existen casos en donde la cláusula compromisoria debe de extenderse a partes del negocio jurídico aún cuando estos no hayan suscrito dicho acuerdo expresamente. El Objetivo General de la investigación consistió en determinar si es factible legalmente la extensión de la cláusula compromisoria a partes no signatarias en el marco...
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    El reconocimiento y la ejecución en Costa Rica de los laudos arbitrales extranjeros que han sido anulados en el país sede del arbitraje
    (2016) Rapso Henríquez, Mauricio; León Guzmán, Marlen
    Justificación. El arbitraje es el método de resolución de conflictos por excelencia en las relaciones comerciales internacionales. Parte del éxito de la figura, se debe a la eficacia que ha representado para los comerciantes el acudir a esta vía, por ser más expedita, especializada y flexible. Sin embargo, en la etapa de ejecución de un laudo arbitral, la autoridad judicial que interviene juega un papel básico en el alcance de los objetivos de las partes que se someten a un arbitraje. Según los principios que los tribunales ordinarios de un país determinado adopten sobre la materia, podrá definir si el arbitraje fue o no eficaz. Aquí es donde la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia, órgano jurisdiccional encargado del reconocimiento y la ejecución de laudos en Costa Rica, podría jugar un papel importante para resolver un tema controvertido internacionalmente: ¿deben o no ejecutarse laudos que han sido anulados en el país sede del arbitraje? Si se adopta una posición correcta, Costa Rica podría mostrarse como un país amigable para realizar arbitrajes internacionales y promover así el desarrollo del comercio internacional y la economía del país. Hipótesis. Conforme a la Convención de Nueva York, la Ley Modelo CNUDMI y demás instrumentos normativos internacionales, existe la posibilidad de proceder con el reconocimiento y la ejecución en Costa Rica de laudos arbitrales extranjeros, los cuales han sido anulados, con base en el carácter facultativo de las causales para denegar el reconocimiento de un laudo internacional y por los principios de arbitraje comercial internacional vigente. La procedencia de una ejecución de este tipo debe analizarse caso por caso. Objetivo general Proponer una forma en la cual la Sala Primera de la Corte Suprema de Justicia podría resolver, en caso de que deba tramitar una solicitud de reconocimiento y ejecución de un laudo arbitral extranjero, que ha sido anulado en el país...
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    El criterio de extensión de una cláusula arbitral a terceros no signatarios en el arbitraje internacional comercial
    (2016) Méndez Valle, Viviana; Obando Peralta, Juan José
    La extensión de cláusulas arbitrales a terceros que no hayan suscrito el acuerdo arbitral constituye uno de los temas más interesantes del arbitraje, pues pone en cuestionamiento el fundamento histórico-legal sobre el cual el proceso arbitral descansa. Paralelo a la jurisdicción ordinaria, el arbitraje internacional se ha consolidado a lo largo de las décadas como el método principal de resolución alternativa de conflictos, cuya legitimación recae exclusivamente sobre el acuerdo entre partes. Dicho acuerdo consensual se pone en evidencia cuando se plasma una cláusula arbitral. El problema nace, consecuentemente, cuando un tercero no suscribe dicho acuerdo. En respuesta a este problema, el derecho ha labrado teorías basadas en los principios de la contratación privada y los componentes de la realidad empresarial desde las cuales se faculta a un tribunal por extender el convenio arbitral en un contrato a un tercero que no lo ha suscrito en el sentido literal. En este tenor, fue que nace esta investigación, y plantea la hipótesis que un tribunal arbitral o una corte únicamente accedería a extender una cláusula arbitral a un tercero no signatario cuando pudiese presumir el consentimiento del tercero por arbitrar la disputa. Adicionalmente, el objetivo general pretendía identificar cuál era el criterio oportuno para extender una cláusula arbitral a un tercero y los cuatro objetivos específicos obedecían a analizar el desarrollo histórico, procedimental, y sustancial del arbitraje multiparte, así como establecer cuáles eran los requisitos para que floreciera éste, los problemas asociados al proceso, y el rol que jugaba la presunción pro arbitraje en la extensión. El proyecto se abordó mediante la utilización de una metodología descriptiva-analítica, la cual ayudó a dividir la presente en cinco capítulos. Al inicio, la tesis efectúa un análisis histórico-procedimental y jurisprudencial del desarrollo del arbitraje...
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    "Third party litigation funding": el contrato de financiamiento de litigio en Costa Rica como herramienta para facilitar el acceso a la justicia en conflictos originados en contratos civiles o comerciales con cláusulas arbitrales institucionales vinculantes : un análisis real-objetivo de la aplicabilidad de este instrumento contractual en nuestro medio
    (2015) Castillo Pacheco, Roberto José; Balzer Molina, Abraham Adrián
    No existe acceso a la justicia si las partes no pueden asumir los costos de llevar un reclamo meritorio o de defenderse de un reclamo no meritorio. Si la justicia civil ha de ser asequible, es necesario (a) que se establezcan reglas para controlar los costos de un litigio y (b) que existan métodos para que las partes con recursos limitados puedan financiar reclamos meritorios o defenderse de reclamos no meritorios. (Sir Rupert Jackson, agosto 2014). El arbitraje es una alternativa a la jurisdicción ordinaria que busca dar soluciones rápidas y eficaces a los conflictos. Sin embargo, la justicia pronta y cumplida se encuentra disponible a un alto costo para las partes; además de los honorarios del asesor legal que dirige el proceso, las partes deben cubrir, como mínimo, la tarifa del centro arbitral, los gastos administrativos y los honorarios de los árbitros. Esta situación limita el acceso a un arbitraje ¿y por lo tanto, a la justicia-, al convertirlo en un proceso oneroso. Si una parte no puede soportar el costo del proceso no podrá presentar o defender un reclamo por esta vía, lo cual conlleva graves implicaciones si se considera que, al existir una cláusula de acuerdo arbitral, la parte no podrá tampoco acceder a la vía ordinaria; pues si lo hace, su contraparte podrá oponer, con éxito, una excepción previa de acuerdo arbitral (artículo 298, inciso 5 del Código Procesal Civil). En algunas jurisdicciones de tradición anglosajona se ha utilizado el Contrato de financiamiento de litigio, Third Party Litigation Funding por su nombre en inglés, como una herramienta para solucionar esta problemática. Sin embargo, en Costa Rica la figura aún no se conoce. Por lo tanto, este trabajo comprende un análisis profundo y detallado de este instrumento, con el fin de aplicarlo en Costa Rica como un mecanismo para facilitar el acceso a la justicia. La hipótesis planteada es la siguiente: los Contratos...
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    Análisis sobre los mecanismos procesales para exigir responsabilidad civil a los árbitros, derivada de sus acciones y omisiones en el ejercicio de sus cargos, frente a las partes intervinientes en los procesos arbitrales domésticos
    (2014) Rojas Alvarado, Edwin Andrés; Dumani Echandi, David
    La resolución alterna de conflictos, en especial el arbitraje, ha tenido mayor importancia práctica desde la promulgación de la ley número 7727, de Resolución Alterna de Conflictos y de Promoción de la Paz Social, la cual entró en vigencia el 16 de enero de 1998. En el Derecho costarricense, el fundamento constitucional de la figura del arbitraje, catalogado por la Sala Constitucional como un derecho fundamental originario y autónomo en consonancia con el principio de justicia pronta y cumplida y la posición que el Ordenamiento Jurídico costarricense otorga a los efectos de las resoluciones finales (laudos) emitidas por los árbitros, posiciona el tema en un plano que debe tener un tratamiento especial en la legislación nacional. La presente investigación comprende un análisis serio sobre un tema regulatorio puntual en cuanto a los árbitros. Ésta consiste en la verificación de los mecanismos procesales existentes en nuestro país, para exigir responsabilidad civil de los árbitros, derivada de sus acciones y omisiones en el ejercicio de sus cargos, frente a las partes intervinientes en los procesos arbitrales domésticos. Tal examen culmina en la necesidad de implementar un proceso especial, tal como existe en el caso de los jueces ordinarios. La hipótesis planteada es que si bien, existen mecanismos ordinarios para exigir a los árbitros responsabilidad civil derivada de sus acciones y omisiones en el ejercicio de sus cargos, frente a las partes intervinientes en los procesos arbitrales, no existen mecanismos especiales. En este sentido, se considera necesaria la implementación de un procedimiento especial, tal como existe en el caso de los jueces ordinarios. Por lo anterior, el objetivo general de la investigación es determinar si existen en Costa Rica mecanismos procesales especiales para exigir responsabilidad civil a los árbitros, derivada de sus acciones y omisiones en el ejercicio de sus cargos, frente a las partes...
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    Límites al arbitraje en los contratos de licitación suscritos por la administración
    (2003) Zúñiga Bolaños, Heidy; Romero Pérez, Jorge Enrique
    La licitación se presenta como el mecanismo por excelencia que el Estado tiene para contratar, de conformidad con el artículo 182 de la Constitución Política. El arbitraje en la licitación, sea pública, por registro o restringida, se establece a través de la cláusula compromisoria o arbitral y puede disponerse en el cartel o en el contrato suscrito por la Administración. Esta figura en el Derecho Público aparece autorizada de manera genérica en nuestro ordenamiento: artículo 43 de la Constitución Política, artículo 508 del Código Procesal Civil, en el artículo 27 inciso 3 de la Ley General de la Administración Pública y en el artículo 18 de la Ley sobre resolución Alternativa de Conflictos y Promoción de la Paz Social, fundamentalmente, aunque se contempla en otras Leyes especiales, como por ejemplo el artículo 4 de la Ley de Concesión de Obra Pública y el artículo 3 de su Reglamento. La Contraloría General de la República y la Procuraduría General de la República han desarrollado de manera amplia la aplicación de esta figura tanto en la Administración centralizada como en la descentralizada, a través de dictámenes técnicos, resoluciones y opiniones jurídicas. Este tipo de arbitraje debe ser de Derecho, y su aplicación debe ser voluntaria. Desde la promulgación de la Ley de Resolución Alterna de Conflictos y Promoción de la Paz social, se ha desarrollado su aplicación en la contratación administrativa, aunque no se han desarrollado los principios que deben regir su aplicación, más bien se trasladan los que rigen las relaciones de derecho privado al derecho público, con los consecuentes problemas de interpretación y de aplicación. Es común que las instituciones estatales la apliquen (Correos de Costa Rica, Acueductos y Alcantarillados, Consejo Nacional de Concesiones) pero son pocos los casos en los que ha sido necesario ejecutarla. Hace falta desarrollar la figura con las características especiales...
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