Ciencias Sociales
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Item El proceso de ejecución penal: los informes y recomendaciones técnicas del Instituto Nacional de Criminología en la resolución de los incidentes de libertad condicional(2004) Campos Jiménez, Mery; Burgos Mata, Alvaro AntonioEsta investigación presenta un análisis serio acerca de lo que es hoy el Proceso de Ejecución Penal costarricense, abarcando cómo funciona este proceso, quienes participan en el mismo y cuáles son las funciones que desempeñan, dándole prioridad a la participación que tiene el Instituto Nacional de Criminología a través de los informes y recomendaciones técnicas que brinda para la resolución de los diferentes incidentes en la ejecución penal, y analizando en especial el caso de los Incidentes de Libertad Condicional. En la primera parte se estudia lo que es la Ejecución Penal, los diferentes conceptos de lo que es la pena y las diferentes teorías que sobre el fin de la misma se han estipulado, para finalmente establecer que la pena modernamente es la sanción por la realización de un acto ilícito, es decir, una consecuencia jurídica, y que el fin de la misma es la resocialización o rehabilitación del sujeto (Artículo 51 del Código Penal). Posteriormente se estudió el concepto de ejecución penal, en el sentido de que el proceso de ejecución penal es una fase más del proceso penal en la que se busca dar cumplimiento a las disposiciones de la sentencia que condena a pena privativa de libertad, sin olvidar por supuesto el respeto a los derechos fundamentales de los sujetos sentenciados. También se estipuló la naturaleza jurídica de esta etapa procesal penal, los principios que la rigen y los sujetos que intervienen en ella. En la segunda parte de la investigación se analiza la participación de cada uno de los sujetos intervinientes en la ejecución penal: el juez ejecutor, el Ministerio Público, la Defensa Pública y el propio condenado, la Dirección General de Adaptación Social con sus diferentes órganos, el Tribunal Sentenciador y el Querellante Público; estudiando de cada uno de ellos las funciones y deberes que tienen en esta etapa y el marco jurídico regulador de las mismas...Item El delito de manipulación del Patrimonio Genético en el Proyecto de Código Penal(2004) Salazar Fallas, Flor Sidey; Chirino Sánchez, Erik AlfredoEn la actualidad los avances científicos y tecnológicos han generado diversas posibilidades de intervención en la vida biológica del ser humano, a través de la modificación del patrimonio genético, la creación de híbridos y la donación. La donación es un modo de reproducción asexual, y constituye el proceso por medio del cual se reproducen organismos con la misma dotación genética (ADN) que los organismos de los que proceden, y cuya finalidad es crear seres con patrimonio genético idéntico, que solo difieren en la información genética aportada por el ADN que se encuentra en el citoplasma de las células. La clonación puede ser realizada con fines de reproducción, para crear seres humanos a partir del genoma de otra persona, o con fines terapéuticos, para crear embriones y extraer de ellos células madres para el desarrollo de tejidos o células necesarias en el tratamiento de alguna enfermedad. Cualquiera de los fines antes citados, encuentran oposición a nivel ético y jurídico. En el caso de la clonación con fines reproductivos, atenta contra la variabilidad genética de la especie humana, la individualidad e identidad genética del ser clonado, y puede conllevar a satisfacer intereses eugenésicos, contrarios a la dignidad humana. Por su parte la clonación de embriones con fines terapéuticos, conlleva la cosificación de la vida humana en sus primeras fases de desarrollo, al crearse embriones para extraer de ellos, material útil para otros individuos, causándoles la muerte a los primeros. Con el conocimiento de la función y forma de operar en la célula del ADN, a partir de los resultados obtenidos en el Proyecto Genoma Humano, es posible no sólo identificarlos sino también modificarlos. Ligado a estos nuevos descubrimientos, surge la terapia génica germinal, que busca eliminar, modificar o sustituir genes defectuosos, por otros que funcionen correctamente. La terapia génica germinal conllevaría la modificación...Item Funcionalidad de los mecanismos institucionales de resocialización, durante el periodo de cumplimiento de la condena penal(2009) González Delgado, María Jesús; Ledezma Matarrita, Ana Victoria; Gatgens Gómez, ErickEl trabajo comienza con una introducción general. En ella se establecen los antecedentes del tema, la hipótesis, la metodología empleada, las limitaciones de la investigación y la forma que está estructurada la investigación. En un acápite aparte, se establecen el objetivo general y cuatro específicos, los cuales son desarrollados en un marco conceptual y cuatro capítulos. Como guía para el lector, antecediendo el desarrollo de los capítulos, se presenta un marco conceptual, donde se delimitan algunas de las nociones más relevantes en la investigación, y a las cuales se hará basta referencia. En el desarrollo propiamente dicho, se estudian los programas gubernamentales de resocialización de privados de libertad (esencialmente los que se refieren a educación y trabajo penitenciario), y se analiza la funcionalidad de éstos. Ello se lleva a cabo en cuatro capítulos, como sigue: En el Capítulo I, intitulado: Antecedentes Históricos en torno al Nacimiento de las Corrientes Resocializadoras, el cual a su vez se subdivide en dos Títulos, se analiza la criminología con sus respectivas escuelas, y la transición, desde las doctrinas retributivas hasta la incipiente corriente resocializadora. Igualmente, se tratan las posiciones actuales de ambos temas. Su relevancia radica, en la necesidad de puntualizar los postulados básicos de cada sistema; así como ubicar el contexto histórico y social, en el cual, la doctrina penallpenitenciaria modifica sus ideas respecto a la finalidad de la pena. Lo anterior, para poder comprender el estado actual de nuestro sistema carcelario y su adscripción doctrinaria. En el Capítulo II: Marco Histórico-Normativo del Sistema Penitenciario Costarricense, dividido en tres Títulos, partiendo del marco teórico del capítulo anterior; en un primer apartado, se describe el Sistema Penitenciario Costarricense en todas sus etapas, así como su corriente en cada una de ellas. Esto con la intención de señalar...Item Análisis sobre la eficacia de los tipos penales especiales que introduce la ley de penalización de la violencia contra las mujeres, enfocado a los delitos contra la integridad física de las personas y su constitucionalidad(2009) Rojas Jiménez, Carlos Eduardo; Herrera Angulo, Karen Patricia; Víquez Arias, Luis AlbertoEsta investigación versó sobre un análisis de lo que es la violencia intrafamiliar en Costa Rica. Para ello, y para que la exposición de ideas quedara aún más clara, fueron definidos ciertos conceptos que resultan fundamentales en una investigación científica. Con ello se dejó un marco teórico sobre el cual se iba a trabajar a lo largo del proyecto. Seguidamente, se realizó un estudio de la normativa existente de previo a la entrada en vigencia de la Ley de Penalización de la Violencia Contra las Mujeres con respecto a la violencia intrafamiliar. Asimismo se analizaron los tipos penales del Código Penal. Luego fueron objeto de disertación los tipos que incorporaba como novedosos la Ley 8589, para finalmente hacer una comparación entre ambas normativas. Se llegó a concluir que los tipos penales de la nueva ley son muy similares a los que ya existían, por lo cual no se cree que puedan hacer la gran diferencia en cuanto a reducir el número de casos de la violencia intrafamiliar. Se analizó también el tema de la constitucionalidad de la Ley, llegando a determinar que en ella están incorporadas varias palabras que tornan ambigua su aplicación, lo que funda una inconstitucionalidad basada en los principios de igualdad y de tipicidad. Por último, con base en estadísticas del Poder Judicial, se entró a analizar los resultados que la Ley de Penalización de la Violencia Contra las Mujeres ha tenido en el país desde su entrada en vigencia. Con cuadros comparativos se determinó que la Ley no ha surtido los efectos que se desearon al momento de su creación.Item Derecho y violencia según Michel Foucault(2005) Hernández Gómez, Héctor Alejandro; Rojas Salazar, Alvaro Martín; Mora Ballestero, FrancisLa presente investigación parte de nuestra curiosidad y voluntad de sacar al Derecho de su claustro técnico, relacionándolo con las demás ciencias sociales y la dinámica social subyacente. El aparato teórico de Michel Foucault nos pareció el punto de partida ideal para mostrar la articulación poder-derecho-violencia en esa dinámica social. En el primer capítulo se intenta leer los trabajos de Michel Foucault con el objetivo de establecer una línea de continuidad en su pensamiento, mostrando sus principales influencias (siempre ocultas), así como las modificaciones metodológicas presente en todo el curso de sus investigaciones. En el segundo capítulo distinguimos la noción de poder en Michel Foucault y el diálogo que mantiene con las restantes nociones, lo que nos lleva al planteamiento de lo social como guerra. En el tercer y cuarto capítulo se realiza un estudio genealógico de los principales dispositivos y diagramas de poder que convergen en la Modernidad: los dispositivos examen y biopolítica, los diagramas disciplinario y el Estado Moderno. En síntesis, el trabajo hace un recorrido crítico político por ámbitos que se suponían ajenos al poder y a la guerra social, como lo son el conocimiento, la verdad, el contrato y el Derecho. Problematiza y politiza la historia contada por los vencedores y en la misma narración histórica encuentra las perspectivas producidas por la guerra.Item El fraude de ley, análisis en la fase de tipicidad y antijuricidad del delito(2009) Vargas Rojas, Pablo Gerardo; Rodríguez Miranda, Martín AlfonsoLa presente investigación analiza el Fraude de Ley como forma de evadir el ordenamiento juridico, tema tratado en el derecho civil y tributario. Pretende fomentar la discusión doctrinaria respecto a su aplicación como forma de comisión de delitos en el derecho penal. Trata de brindar un estudio del Fraude de Ley desde la norma de fondo, para poder buscar una solución jurídica aceptable, de acuerdo a la etapa de la teoría del delito en la que se presente la evasión. En la Culpabilidad el Fraude se relaciona con las teorías de la Action y la Omitio Libera in Causa, además, de la provocación de los supuestos de hecho en los que se puede alegar la aplicación de un estado de necesidad exculpante. En la Antijuricidad se valora la provocación de los supuestos bajo los que se invoca la aplicación de las diferentes causas de justificación, tema propio de la Actio Ilícita in Causa y del principio de equiparación extraído del derecho civil. Por último y como eje principal, se estudia el Fraude de Ley en la tipicidad del hecho, entendido como la exclusión de un elemento objetivo del tipo penal. Se valora la posible sanción de este tipo de fraude en contraposición de principios como el de legalidad, lex certa, seguridad jurídica y la prohibición de la interpretación analógica y extensiva en el derecho penal costarricense. Se propone un estudio diferenciado para la exclusión del elemento objetivo del tipo penal, cuando éste es parte del plan de autor y la evasión se presenta antes de la lesión al bien juridico. La solución es distinta en cada caso, en los delitos de acción se atribuye como parte del plan de autor y en consecuencia se considera un acto preparatorio. En los delitos de omisión, la exclusión fundamenta una posición de garante por injerencia que obliga a evitar el resultado lesivo. Por último se realiza un estudio del tipo penal denominado El Fraude de Ley, previsto y sancionado en la Ley Contra la Corrupción...Item La inconstitucionalidad de la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres: un análisis a nivel de los tipos penales y su aplicación(2009) Hernández Céspedes, Elizeth; Ramírez Cover, Adriana; Zamora Acevedo, José MiguelEl ser humano es un ente social, por tanto su conducta se ve delimitada por los lineamientos que establece la propia sociedad en la que vive. De esta forma, el género se ve construido por la dinámica de los grupos sociales, estableciendo roles, conductas y formas de pensamiento, que deben ser seguidos por los individuos, de tal forma que el género determinará la forma de ser de cada persona. Asimismo, el género se establece como un parámetro para determinar la estratificación social, conformada por el sistema patriarcal y misógino que impera en el sistema social. Todo esto se perpetúa a través de las diversas instituciones sociales, entre ellas el Derecho, creando un sistema legal androcéntrico. Contra todo esto, han surgido grupos de lucha que buscan promover la formación de instrumentos internacionales que reconozcan los Derechos Humanos de las mujeres, entre ellos la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer y la Convención lnteramericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia contra la Mujer. De conformidad con el Derecho de la Constitución, se debe permear tajo el ordenamiento jurídico con las Teorías de Perspectiva de Género, recogidas por esos instrumentos internacionales, por lo que el Estado costarricense debería luchar en contra de todo rasgo androcéntrico y misógino, tanto en la letra de las normas jurídicos, como en la forma de operar del sistema legal. Consecuentemente, esos instrumentos internacionales han promovido cambios y reformas en las legislaciones nacionales, tal es el caso de Costa Rica, concretamente con la Ley de Penalización de la Violencia contra las Mujeres, Ley No. 8589. A pesar de que la Ley No. 8589 se pretendió constituir como una acción positiva, aquélla sufre de graves problemas de constitucionalidad, tanto por la amplitud en sus conceptos, así porque no cumple en general, con los criterios de constitucionalidad a los que debe abocarse...Item Aplicación desigual de penas según el género en los delitos de narcotráfico(2008) García Araya, Carlos Roberto; Mesén Arias, SebastiánCon la lucha por la igualdad de género, surge la duda de, si también en los tribunales de justicia ha existido o se hará una distinción de género a la hora de valorar a cada imputado no solo por sus características y circunstancias del hecho, sino también por el simple hecho de que uno sea hombre y otro mujer. Sí bajo este supuesto de que en casos se hace una diferencia de género por parte de los jueces al determinar condenas, para diferentes tipos de individuos que deberían ser considerados como iguales. Siempre teniendo como referencia el concepto de pena, impuesto en nuestro Código Penal, según lo regulado en el Art. 71 mismo al indicamos que se debe entender por condena la impuesta por la ley a los autores del delito consumado. Sin hablamos de ninguna diferencia a partir, viendo al sujeto como un simple autor y no haciendo diferencias. Partiendo de este supuesto en este trabajo se hizo una investigación en la cual se denotó que si hay una desigualdad en la aplicación de la pena, imponiendo los jueces una pena diferente a uno de los individuos con respecto a otro creando una desigualdad por la simple razón de tener o ser de un género. Aquí logramos indicar que a nuestro parecer la lucha por la igualdad de género, ha afectado, a la hora de resolver por parte de los jueces, ya que al ser o tener características dierentes cada imputado, ciertamente el juez las debe rescatar y tomar en cuenta pero no crear una desigualdad donde uno de los dos sujetos activos en el delito que se está condenado, reciba una pena más fuerte, o porque no mucho más débil por la simple razón de su género, con lo anterior creándose claramente una diferencia en la aplicación de penas en los delitos de narcotráfico. Por medio de un acercamiento legal y doctrinario, el presente trabajo pretende desarrollar en forma puntual y detallada la peligrosidad de esta actuación por parte de los jueces, al igual que se realiza un estudio acerca del fenómeno...Item La crisis de la política criminal de drogas: problemas de su definición a partir de criterios políticos y económicos(2005) Salazar Víquez, Xinia; Salas Porras, Ricardo A.El carácter transnacional de ciertas actividades relacionadas con el tráfico de drogas hace que se haya experimentado, sobre todo a finales de los años ochenta, un aumento significativo de su regulación penal. Aunque varios comportamientos ya estaban incriminados desde hace algún tiempo, la creación de nuevos delitos creció considerablemente. Nuestra política criminal acudió al derecho penal como la mejor opción para resolver el problema de las drogas. Sin embargo, al asignarle ésta labor de forma exclusiva y prioritaria, dejó por fuera un sinnúmero de alternativas que pudieron incluso aplicarse con preferencia a la represión penal. Olvidando que la política criminal debería ser una estrategia de prevención y control de ciertas conductas consideradas delictivas, se promulgan leyes, decretos y reglamentos cuya orientación principal va dirigida a una fuerte represión, dejando al importante tema de la prevención en un segundo plano, en el mejor de los casos. Esta excesiva utilización del derecho penal para enfrentar el problema de las drogas hace que se desarrolle un derecho penal cuya aplicación resulta desigual y que conlleva, en ocasiones, a consecuencias injustas. La política criminal de drogas costarricense no ha sido diseñada atendiendo a un estudio criminológico que permitiera analizar la realidad de nuestro país antes de adoptar cualquier estrategia político-criminal, sino atendiendo a ciertos intereses que han ido configurando una política criminal de apaciguamiento.Item El principio de objetividad en el ejercicio de la acción penal por parte del Ministerio Público(2007) López Matarrita, Elvis Antonio; Sanabria Rojas, Rafael ÁngelDentro de un Estado de derecho como el nuestro, la función de los órganos jurisdiccionales, es resolver los diversos conflictos surgidos entre los habitantes entre sí y entre éstos y el Estado o la ley. La solución forzada de los diferendos sociales, es necesaria para la seguridad jurídica y deriva de la delegación por parte del pueblo soberano, que renuncia al derecho a la auto tutela a favor del Estado. En el caso de la infracción de las normas penales, por las características de los bienes jurídicos que protege y las consecuencias individuales y sociales que acarrea su infracción, conlleva a que la persecución penal de los delitos se estructure como una de las formas más delicadas y a la vez más severas de intervención del Estado sobre el comportamiento de sus habitantes. Precisamente, la forma en que el ejercicio de la acción penal se materializa es a través del proceso penal, el cual se nos presenta como un conjunto de actos jurídicos regulados y ordenados dirigidos a determinar la posible existencia de un ilícito, su imputación a un sujeto y el eventual castigo a través de la pena, para lo cual determina en forma general, las condiciones bajo las cuales la acción penal será ejercida, los límites a las facultades de intervención de los órganos encargados de su ejercicio y los diferentes principios para el logro del restablecimiento de la paz jurídica. Dentro de este contexto, el principio de objetividad consagrado en nuestro actual Código Procesal Penal, exige como pauta de actuación que en el ejercicio del ius puniendi el Ministerio Público, vele no solo por el respeto de los derechos y garantías del imputado, sino también por un adecuado examen y valoración de las diferentes circunstancia en torno a la eventual punición de una conducta, sea que éstas perjudiquen o beneficien la posición del imputado. Este deber de objetividad, parte de una concepción de un Ministerio Público y de un fiscal...