Ciencias Sociales
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Item Item Responsabilidad estatal en el abordaje de los ofensores sexuales, en materia penal juvenil(2008) Quesada Ramírez, María Fernanda; Burgos Mata, Alvaro A.Inicialmente desarrollo brevemente la historia del Derecho de Menores hasta el actual Derecho Penal Juvenil, para con ello crear un marco histórico que permita entender con claridad las razones que justifican las características del Proceso Penal Juvenil, dentro del cual se analizarán la Suspensión del Proceso a Prueba y la etapa de Ejecución de la Pena, dentro de la Libertad Asistida, requisitos, órganos intervinientes y características de cada uno de ellos. Describo algunas corrientes de abordaje psicológico que han pretendido buscar soluciones a las conductas sexualmente desviadas que presentan las personas menores de edad. Analizo de manera posterior el POS brindado por la Caja, sus fases y principales rasgos, y el POS que se desarrolla en el PSAA, cuya diferencia en cuanto al proceso consiste en tener abordaje específico para aquellos jóvenes que continúan negando la ofensa. Se mencionarán las instituciones que tienen injerencia en los temas de adolescencia. En el capítulo tercero analizo el origen y estructura del Sistema de Seguridad Social de Costa Rica, tan duramente criticado por sus listas de espera y políticas de medicamentos, que en este caso es condenado por parte de la Sala Constitucional, la cual recurriendo a lo principios de la salud pública obliga a la Caja a ofrecer una oferta suficiente para cubrir la demanda de grupos para el abordaje de las personas menores de edad que son remitidos.Item Análisis económico del derecho aplicado a la morosidad en las cuotas obrero patronales(2003) Castillo Aguilar, Alexander; Rivero Sánchez, Juan MarcosEn la introducción general el lector podrá encontrar una explicación a cerca de como interactuaron los diversos los factores y acontecimientos, que motivaron la escogencia de este tema, también planteamos el objetivo principal que será determinar lineamientos generales para la política de cobros de la Caja, esto para los casos de patrones del sector privado que están morosos, en los que se a agotado el cobro administrativo, lo cual pretendemos lograr dando respuesta a estas preguntas: ¿Cuándo usar la Vía Civil de Hacienda?, ¿Cuándo usar la Vía Penal? y ¿Cuándo no es viable ninguna de las dos? y ¿Qué medidas deben de tomarse en el ultimo caso? Planteamos cuatro objetivos específicos, los que son indispensables para lograr contestar las anteriores preguntas y cumplir con nuestro objetivo principal. La metodología se desarrollo por medio de elementos tradicionales con el análisis de materiales bibliográficos como jurisprudencia, doctrina, normativa y entrevistas; así como también información estadística y económica, los cuales se accedieron primariamente tanto de forma escrita como electrónica. El Desarrollo del trabajo se divide en tres Títulos: Contexto de la Seguridad Social, Retención Indebida y Análisis Crítico en la Aplicación de Criterios de Oportunidad y finalmente Análisis Económico del Derecho, Fundamento para la Política de Cobro; títulos que a su vez se dividen en dos capítulos y estos en no más de tres secciones. En la conclusión general retomamos los efectos derivados de la investigación, toda una serie de conclusiones a las que hemos llegado durante el desarrollo y que finalmente presentamos de forma unida, para dar respuesta a las preguntas planteadas al inicio del trabajo.Item Análisis de las cargas sociales desde una perspectiva tributaria(2005) Robert Magnin y Falcón, Diane Marie; Carvajal Lizano, Andrea; Torrealba Navas, Adrián de JesúsLas cuotas de la seguridad social en nuestro país no han sido definidas en cuanto a su naturaleza jurídica, ni por la legislación ni por la jurisprudencia nacional. Es importante que la Caja del Seguro Social, como ente que se encarga de administrar los montos ingresados por concepto de estas cuotas maneje las mimas dentro de los parámetros de una figura tributaria, y que a su vez pueda ser eficiente en su sistema de recaudación. Los tributos son Prestaciones pecuniarias que un ente público exige en uso del poder que le atribuyen la Constitución y las leyes de quienes a él están sometidos, prestaciones que no constituyen la sanción de un acto ilícito, que deben ser establecidas con arreglo a la ley y que se hacen efectivas mediante el desarrollo de la actividad financiera de la Administración. Los tributos doctrinariamente están clasificados en tres figuras, a saber, los impuestos, las tasas, y las contribuciones especiales, que se encuentran definidos en el artículo 4 del Código de Normas y procedimientos Tributarios. Otra figura tributaria que se debe analizar es la de exacción parafiscal que es una figura tributaria con características específicas que la hacen distinta de las anteriores. Las exacciones parafiscales, poseen naturaleza jurídica tributaria, constituyen prestaciones coactivas que afectan los patrimonios de los contribuyentes, pueden ser gestionadas fuera del ámbito de la Administración Tributaria, su recaudación está orientada a financiar objetivos específicos, los ingresos y gastos recaudados no se incluyen dentro de los presupuestos generales ordinarios o extraordinarios del Estado, normalmente son establecidas por el Estado a través de normas de rango inferior a la ley, y su ingreso se encauza a través de cajas especiales por lo que se rompe el principio de unidad de caja. En la doctrina las posiciones respecto de la naturaleza tributaria de las cuotas de suguridad social son bastantes acordes...Item Seguridad jurídica del régimen obligatorio de pensiones complementarias regulado por la ley de protección al trabajador(2003) García Matamoros, Juan Vicente; Durante Calvo, Marco VinicioLa segurídad social es parte integrante del desarrollo humano y como aspiración del género humano, busca los medios más eficientes que le permitan superar la incertidumbre que le produce la ausencia de medios de protección. El Régimen Obligatorio de Pensiones Complementarias, basado en la capitalización individual, que bien podría ubicarse dentro del contexto de la seguridad social, como una aspiración de la clase trabajadora, surge como el segundo pilar creado al amparo de la Ley de Protección al Trabajador y fue concebido con el objetivo de facilitar a los trabajadores, al optar por su jubilación, una vez cumplidos los requisitos de ley, el acceso a una pensión complementaria de aquella a que se tiene derecho. Dicho régimen, aparte de establecer un beneficio para los trabajadores, pretendía evitar una nueva carga impositiva, tanto para patronos como para trabajadores, que viniera a agravar, la de por sí, difícil situación económica de ambos sectores. De esta forma, el financiamiento del régimen se consolida a partir de una redistribución de las cargas sociales. La consecución a futuro de una pensión con miras al logro del objetivo del régimen, depende principalmente de que los recursos que se destinan a su financiamiento, sean canalizados en el menor tiempo posible, desde los patronos hacia el Sistema Centralizado de Recaudación (SICERE) y de este ultimo hacia las operadoras, quienes a la vez son responsables de realizar una adecuada colocación de los recursos en los mercados financieros, con el propósito de obtener la mayor rentabilidad posible. Según se ha informado recientemente uno de los medios de prensa escrita del país, más de dos años desde la entrada en operación la Ley de Protección, a una cantidad aproximada al 10% de la fuerza laboral del país no se les ha acreditado sus aportes en las cuentas individuales, por errores en los nombres y números de cédula de los afiliados, situación que va en detrimento...Item La autonomía constitucional de la Caja Costarricense de Seguro Social(1999) Castillo Mora, Víctor Hugo; Sobrado González, Luis AntonioDurante el siglo XIX, son escasas las expresiones de intervencionismo estatal en materia del bienestar social. En la década de 1940, se inicia una evolución del pensamiento social de nuestro país, así en 1941 se crea la Caja Costarricense de Seguro Social institución autónoma encargada de los Seguros Sociales. La Caja Costarricense de Seguro Social fue mantenida como institución autónoma por la Asamblea Constituyente de 1949, quien le atribuyó la administración y gobierno de los Seguros Sociales con las especiales características de autonomía que se le había asignado desde su creación. La descentralización, pretende ser una garantía de la división de funciones del aparato estatal, evitando una indebida concentración en el Poder Ejecutivo. La descentralización Administrativa significó una paulatina perdida de poder y una limitación para lograr una adecuada planificación del aparato estatal. En los años sesenta, se inicia un nuevo proceso de recentralización administrativa que culmina con la reforma al artículo 188 de la Constitución Política. La Reforma del artículo 188, significó el punto base, a partir del cual se comenzó a plantear una serie de leyes, que tienden a limitar la autonomía administrativa y política de las instituciones autónomas; al sujetarlas a la ley en materia de gobierno. La reforma del artículo 188 constitucional significó una disminución del nivel de autonomía que gozaba la Caja Costarricense de Seguro Social, con la promulgación de una abundante normativa que limita el libre ejercicio de esa a autonomía. El Presidente Ejecutivo tiene a cargo adecuar las políticas y objetivos de la institución, a los lineamientos de la política general del Estado, conforme al Plan Nacional de Desarrollo. La Caja Costarricense de Seguro Social debe someter a conocimiento sus Presupuestos a la Autoridad Presupuestaria para que se ajusten a los lineamientos del Plan Nacional de Desarrollo. La autonomía...