Anuarios estadísticos

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    Anuario estadístico de Costa Rica 1963
    (Dirección General de Estadística y Censos, 1964) Costa Rica. Dirección General de Estadística y Censos
    Esta sección recopila y elabora las estadísticas de nacimientos, defunciones, matrimonios, divorcios, migración internacional, faltas de policía, movimiento civil y movimiento penal-, además realiza los cálculos oficiales de población por provincias, cantones y distritos . CALCULO DE POBLACION . - En el cuadro N. 1 se presenta la estimación de la población por provincias, cantones y distritos de todo el país. La base ha s ido el Censo del 1“ de abril de 1963, a la que se le ha agregado la diferencia existente entre nacimientos y defunciones y el saldo migratorio internacional, ocurridos en el período 1° de abril al 31 de diciembre de 1963.
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    Anuario estadístico de Costa Rica 1970
    (Dirección General de Estadística y Censos, 1972) Costa Rica. Dirección General de Estadística y Censos
    Con base en la definición de ‘Hechos Vitales’1 en la Sección de Estadística Vital, Departamento de Estadísticas Sociales, se recopilan y elaboran las estadísticas de Nacimientos, Defunciones, Mortinatos, Matrimonios y Divorcios. CALCULO POBLACION.- Oficialmente aquí es donde se elaboran las estimaciones de población las cuales se presentan en el cuadro No. 1 por provincias, cantones y distritos de todo el país. El método para estos cálculos es el de Aumento Vegetativo o sea tomado como base a un Censo de Población más la diferencia entre los nacimientos y defunciones más o menos el Saldo Migratorio Internacional (actualmente se está usando como base el Censo efectuado el lero. de abril de 1963). NACIMIENTOS.- El artículo 25 del Reglamento del Registro Civil estipula: ‘Dentro del término de 30 días de nacida una persona. Debe hacerse la declaración ante cualquier Registrador Auxiliar’. Los Registradores mencionados son: La Oficina Central del Registro Civil, los Hospitales, Clínicas Particulares. Centros Rurales de Asistencia, las Gobernaciones de Provincia, las Jefaturas Políticas, las Agencias Principales de Policía y Auxiliares de Policía.
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    Anuario estadístico de Costa Rica 1959
    (Dirección General de Estadística y Censos, 1960) Costa Rica. Dirección General de Estadística y Censos
    ESTIMACIONES DE POBLACION. - En el cuadro N° 1 se presenta la estimación de la población de las 7 provínolas. 65 cantones y 326 distritos del pafs, al 31 de diciembre de 1859. La base ha sido el Censo de Población del 22 de mayo de 1950, el cual según la Ley General de Estadística, deberá llevarse a oabo cada diez aflos, en aquellos terminados en oero; según la misma ley, las secciones de Censos tienen carácter de permanentes dentro de la Dirección General. La población de las oludades capitales de provínolas, localizadas en los respectivos cantones oentrales, se mués tra en el cuadro N° 2. La ciudad de San José comprende los distritos Carmen, Meroed, Hospital y Catedral. La ciudad de Alajuela, comprende todo el distrito primero. La ciudad de Cartagolos distritos primero y segundo, llamados Oriental y Ocoidental. Como ciudad de Heredla, se toma todo el distrito primero. Los datos de las ciudades de Liberta, Puntarenaa y Limón, corresponden a los cuadrantes o zonas urbanas, ya que gran parte de esos distritos corresponden a zonas rurales.
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    Anuario estadístico de Costa Rica 1960
    (Dirección General de Estadística y Censos, 1961) Costa Rica. Dirección General de Estadística y Censos
    El objeto de esta Sección es la recopilación y elaboración de las estadísticas de nacimientos, defunciones, defunciones fetales, matrimonios, divorcios, migración internacional, faltas de policfa, movimiento civil y movimiento penal; además elabora los cálculos oficiales de población por provincias, cantones y distritos. CALCULO DE POBLACION. - En el cuadro N° 1 se presenta la estimación de la población de las 7 provincias, 65 cantones y 326 distritos del pafs. La base ha sido el Censo de Población del 22 de mayo de 1950, al cual se ha venido agregando la diferencia existente entre los nacimientos, las defunciones y el saldo migratorio internacional. NACIMIENTOS. - El artfculo 25 del Reglamento del Registro Civil estipula: "Dentro del término de 25 dfas de nacida una persona, debe hacerse la declaración ante cualquier Registrador Auxiliar". Los registradores mencionados son: el propio Registro Civil, los Hospitales, las Gobernaciones de Provincia, las Jefaturas Políticas, las Agencias Principales de Policfa y las Agencias Auxiliares de Policfa.
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    Anuario estadístico de Costa Rica 1961
    (Dirección General de Estadística y Censos, 1962) Costa Rica. Dirección General de Estadística y Censos
    Esta Sección recopila y elabora las estadísticas de nacimientos, defunciones, matrimonios, divorcios, migración internacional, faltas de policía, movimiento civil y movimiento penal; además realiza los cálculos oficiales de población por provincias, cantones y distritos. CALCULO DE POBLACION . - En el cuadro N° 1 se presenta la estimación de la población de las 7 provincias, 65 cantones y 326 distritos del pafs. La base ha sido el Censo de Población del 22 de mayo de 1950, a la cual se ha venido agregando la diferencia existente entre los nacimientos, las defunciones y el saldo migratorio internacional. NACIMIENTOS. - El artículo 25 del Reglamento del Registro Civil estipula: "Dentro del término de 25 dfas de nacida una persona, debe hacerse la declaración ante cualquier Registrador Auxiliar". Los Registradores mencionados son: La Oficina Central del Registro Civil, los Hospitales y Maternidades, las Gobernaciones de Provincia, las Jefaturas Políticas, las Agencias Principales de Policía y las Agencias Auxiliares de Policía.
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    Anuario estadístico de Costa Rica 1962
    (Dirección General de Estadística y Censos, 1963) Costa Rica. Dirección General de Estadística y Censos
    Esta Sección recopila y elabora las estadísticas de nacimientos, defunciones, matrimonios, divorcios, migración internacional, faltas de policía, movimiento civil y movimiento penal; además realiza los cálculos oficiales de población por provincias, cantones y distritos. CALCULO DE POBLACION.- En el cuadro N° 1 se presenta la estimación déla población por provincias, cantones y distritos de todo el pafs. La base ha sido el Censo de Población del 22 de mayo de 1950, a la cual se ha venido agregando la diferencia existente entre los nacimientos, las defunciones y el saldo migratorio,internacional. A partir de 1963 el cálculo continuará basándose en los datos del Censo del Io de abril de ese año que indicó una cifra de 1. 325.155 habitantes para el pafs. NACIMIENTOS.- El artículo 25 del Reglamento del Registro Civil estipula: "Dentro del término de 25 dfas de nacida una persona, debe hacerse la declaración ante cualquier Registrador Auxiliar". Los Registradores mencionados son; La Oficina Central del Registro Civil, los Hospitales y Maternidades, las Gobernaciones de Provincia, las Jefaturas Políticas, las Agencias Principales de Policía y las Agencias Auxiliares de Policía.
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    Anuario estadístico de Costa Rica 1964
    (Dirección General de Estadística y Censos, 1965) Costa Rica. Dirección General de Estadística y Censos
    Con base en la definición de "Hechos Vitales1 en la Sección de Estadística Vital, Departamento de Estadísticas Sociales, se recopilan y elaboran las estadísticas de Nacimientos, Defunciones, Mortinatos, Matrimonios y Divorcios. CALCULO POBLACION. - Oficialmente aquí es donde se elaboran las estimaciones de población las cuales se presentan en el cuadro No 1 por provincias, cantones y distritos de todo el país. El método para estos cálculos es el de Aumento Vegetativo o sea tomado como base a un Censo de Población más la diferencia entre los nacimientos y defunciones más o menos el Saldo Migratorio Internacional (actualmente se está usando como base el Censo efectuado el l de abril de 1963). NACIMIENTOS. - El artículo 25 d e l Reglamento del Registro Civil estipula: "Dentro del término de 30 días de nacida una persona. Debe hacerse la declaración ante cualquier Registrador Auxiliar". Los Registradores mencionados son: La Oficina Central del Registro Civil, los Hospitales, Clínicas Particulares. Centros Rurales de Asistencia, las Gobernaciones de Provincia, las Jefaturas Políticas, las Agencias Principales de Policía y Auxiliares de Policía.
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    Anuario estadístico de Costa Rica 1965
    (Dirección General de Estadística y Censos, 1965) Costa Rica. Dirección General de Estadística y Censos
    Con base en la definición de "Hechos Vitales1 en la Sección de Estadística Vital, Departamento de Estadísticas Sociales, se recopilan y elaboran las estadísticas de Nacimientos, Defunciones, Mortinatos, Matrimonios y Divorcios. CALCULO POBLACION. - Oficialmente aquí es donde se elaboran las estimaciones de población las cuales se presentan en el cuadro No 1 por provincias, cantones y distritos de todo el país. El método para estos cálculos es el de Aumento Vegetativo o sea tomado como base a un Censo de Población más la diferencia entre los nacimientos y defunciones más o menos el Saldo Migratorio Internacional (actualmente se está usando como base el Censo efectuado el l de abril de 1963). NACIMIENTOS. - El artículo 25 d e l Reglamento del Registro Civil estipula: "Dentro del término de 30 días de nacida una persona. Debe hacerse la declaración ante cualquier Registrador Auxiliar". Los Registradores mencionados son: La Oficina Central del Registro Civil, los Hospitales, Clínicas Particulares. Centros Rurales de Asistencia, las Gobernaciones de Provincia, las Jefaturas Políticas, las Agencias Principales de Policía y Auxiliares de Policía.
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    Anuario estadístico de Costa Rica 1966
    (Dirección General de Estadística y Censos, 1967) Costa Rica. Dirección General de Estadística y Censos
    Con base en la definición de "Hechos Vitales1 en la Sección de Estadística Vital, Departamento de Estadísticas Sociales, se recopilan y elaboran las estadísticas de Nacimientos, Defunciones, Mortinatos, Matrimonios y Divorcios. CALCULO POBLACION. - Oficialmente aquí es donde se elaboran las estimaciones de población las cuales se presentan en el cuadro No 1 por provincias, cantones y distritos de todo el país. El método para estos cálculos es el de Aumento Vegetativo o sea tomado como base a un Censo de Población más la diferencia entre los nacimientos y defunciones más o menos el Saldo Migratorio Internacional (actualmente se está usando como base el Censo efectuado el l de abril de 1963). NACIMIENTOS. - El artículo 25 d e l Reglamento del Registro Civil estipula: "Dentro del término de 30 días de nacida una persona. Debe hacerse la declaración ante cualquier Registrador Auxiliar". Los Registradores mencionados son: La Oficina Central del Registro Civil, los Hospitales, Clínicas Particulares. Centros Rurales de Asistencia, las Gobernaciones de Provincia, las Jefaturas Políticas, las Agencias Principales de Policía y Auxiliares de Policía.
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    Anuario estadístico de Costa Rica 1967
    (Dirección General de Estadística y Censos, 1968) Costa Rica. Dirección General de Estadística y Censos
    Con base en la definición de "Hechos Vitales1 en la Sección de Estadística Vital, Departamento de Estadísticas Sociales, se recopilan y elaboran las estadísticas de Nacimientos, Defunciones, Mortinatos, Matrimonios y Divorcios. CALCULO POBLACION. - Oficialmente aquí es donde se elaboran las estimaciones de población las cuales se presentan en el cuadro No 1 por provincias, cantones y distritos de todo el país. El método para estos cálculos es el de Aumento Vegetativo o sea tomado como base a un Censo de Población más la diferencia entre los nacimientos y defunciones más o menos el Saldo Migratorio Internacional (actualmente se está usando como base el Censo efectuado el l de abril de 1963). NACIMIENTOS. - El artículo 25 d e l Reglamento del Registro Civil estipula: "Dentro del término de 30 días de nacida una persona. Debe hacerse la declaración ante cualquier Registrador Auxiliar". Los Registradores mencionados son: La Oficina Central del Registro Civil, los Hospitales, Clínicas Particulares. Centros Rurales de Asistencia, las Gobernaciones de Provincia, las Jefaturas Políticas, las Agencias Principales de Policía y Auxiliares de Policía.

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