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    El procedimiento de toma de acuerdos en las asambleas de condóminos de la Ley Reguladora de la Propiedad en Condominio no. 7933: problemáticas y propuesta de reforma
    (2018) González Hernández, Yoser David; Álvarez Hernández, Frank Alberto
    En la presente investigación se rea]iza un análisis teórico-práctico del procedimiento de toma de acuerdos en las asambleas de condominios contenido en la Ley Regufadora de la Propiedad en Condominio no. 7933 (LRPC), vigente en la actualidad; así como de su reglamento, el Decreto Ejecutivo no. 32303 del 02 de marzo del 2005 (RLRPC), también en vigor. En primer lugar, se analiza el origen histórico y normativo de la figura de la propiedad en condominio -tal y como se conoce, actualmente, en Costa Rica- desde su antecesor inmediato: la propiedad horizontal. Este análisis inicia con una reseña histórica por el instituto con una breve mención de la evolución en los casos de España y México. Luego, se focaliza la implementación de la propiedad horizontal en Costa Rica, a través de la Ley de Propiedad Horizontal no. 3670 del 22 de marzo de 1966 (LPH) y se remata con el estudio de los elementos propios del régimen de la propiedad en condominio introducidos por la LRPC. Posteriormente, se realiza un estudio sobre la figura de la asamblea de condóminos en e] ordenamiento jurídico costarricense, una aproximación histórica sobre sus posibles orígenes "modernos", su conceptualización y la de cripción del procedimiento de toma de acuerdos vigente. Luego, se hace un estudio de las problemáticas actuales de] procedimiento de toma de acuerdos, utilizando como base la opinión de profesionales con amplia experiencia en e] planeamiento, diseño, constitución, construcción, funcionamiento y administración de condominios en Costa Rica. Las principales problemáticas se recopilarán, de forma que puedan identificarse las más comunes y en las que existe mayor consenso por parte de los entrevistados. Con este insumo, se procederá a proponer una reforma al procedimiento previsto en la LRP . Por último, se analizarán los medios de impugnación y la solicitud de medidas cautelares en el nuevo Código Procesal Civil no. 9342 (NCPC), que entrará...
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    Empresas y derechos humanos a la luz del artículo 2 del Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales: una propuesta para Costa Rica
    (2018) Araya Patiño, Ximena; Miranda Bonilla, Haideer
    Los desafíos actuales del desarrollo han provocado un cambio de paradigma político, social, económico y jurídico. La globalización, la digitalización de productos y servicios, el cambio climático y otros fenómenos han obligado a casi la totalidad de los actores de la sociedad, como las empresas, a cuestionar su verdadero rol en un ecosistema del que todos, todas y el medio ambiente forman parte. Uno de esos actores, de los más importantes para la consecución de las metas internacionales de desarrollo sostenible más ambiciosas, es el sector empresarial, tanto público como privado, el cual ha experimentado las implicaciones de lo que significa aportar al desarrollo sostenible desde esta trinchera. En efecto, un tema clave del desarrollo sostenible son los derechos humanos, los cuales desde hace aproximadamente una década han atravesado una transformación desde una concepción meramente estatal en cuanto a su protección y promoción, hacia un paradigma en el que la sociedad en general puede y debe ser partícipe. Particularmente desde las empresas, los derechos humanos se han analizado desde el foro de la responsabilidad social o la sostenibilidad, como un marco de principios, disposiciones y otras consideraciones en tomo a su operación para con la sociedad y el medio ambiente. Ello ha levantado cierta incertidumbre que no viene solamente del sector empresarial, sino desde el ámbito institucional, legal y político. Esto justifica el presente trabajo de investigación, el cual tiene por objetivo principal profundizar en el estudio de los derechos humanos desde las empresas en Costa Rica, así como trazar posibles implicaciones de manera integral. El estudio inicia enfatizando la problemática de la forma como se han hecho valer los derechos humanos en las últimas décadas, desde una visión estatal, exclusiva e incluso inaccesible, que proviene de una estructura de sistemas de protección universal y regionales...
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    La disyuntiva del ser y el deber ser en la aplicación del derecho a la libertad de cátedra en la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica
    (2019) Castillo Córdoba, Johan Alberto; Muñoz León, Natasha; Rodríguez Arrieta, Marvin José; Carvajal Pérez, Marvin A.
    A. Justificación. El tema de investigación se seleccionó a partir de un análisis amplio e integral de las deficiencias que se presentan en la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, en cuanto a la aplicación del derecho a la libertad de cátedra. Esta deficiencia corresponde a la forma en la que este derecho es aplicado y entendido de manera subjetiva, debido a la falta de un concepto establecido previamente. La falta de regulación es el principal problema que se identificó, ya que no se cuenta con normativa que indique los alcances y los límites. Se evidenció el conocimiento escueto sobre cómo aplicar el derecho mencionado, ya que las personas docentes lo consideran absoluto e ilimitado. Esto ocasiona que las personas estudiantes se encuentren en una posición vulnerable frente a las decisiones que arbitrariamente pueda tomar el docente, quien se ampara en el derecho a la libertad de cátedra. Además, se investigó el tema mencionado debido a la aplicación cotidiana que lleva a cabo la facultad, la cual brinda amplias funciones y competencias a las personas docentes sin límite alguno, a partir de la idea que el derecho es conocido enteramente. Debido a lo anterior, se buscó desarrollar el tema con la finalidad de elaborar un proyecto de reglamento dirigido a implementarse en la Facultad de Derecho, con el que se regule la aplicación de este derecho. Con esto, se pretende que no se perjudique al estudiantado con actuaciones arbitrarias de los profesores amparadas en un derecho ilimitado de libertad de cátedra. B. Objetivo general. Demostrar la disyuntiva que existe entre el ser y el deber ser de la libertad de cátedra en la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica, con el fin de que, a partir de esto e implementando las características relevantes del tema, se elaboren recomendaciones que se cristalicen en un proyecto de reglamento. C. Hipótesis. En la Facultad de Derecho de la Universidad de Costa Rica se maneja...
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    Vinculatoriedad de las resoluciones emitidas por la CIDH en opiniones consultivas: la eficacia de la resolución emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el estado costarricense a raíz de la opinión consultiva OC-24/17 del 24 de noviembre de 2017 solicitada por la República de Costa Rica
    (2019) González Méndez, María del Milagro; Montero Mora, Isabel Irene
    Justificación. Costa Rica se encuentra actualmente en el proceso de abrir nuevas fronteras en materia de derechos humanos, más eso conlleva a una ruptura con los pensamientos estáticos que han permanecido durante gran cantidad de décadas en la sociedad costarricense, y de allí nace la dificultad de ver ejecutadas las resoluciones emitidas por la Corte Interamericana. La existencia de múltiples criterios y la ausencia de normas expresas han aportado un panorama confuso acerca de la situación que enfrentan las resoluciones emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos dentro de la jurisdicción costarricense y los pasos a seguir para esclarecer si una resolución, por su proceso origen, posee o no vinculatoriedad, debe ser desarrollada tanto desde los Supremos Poderes como desde lo académico, en procura y resguardo de los derechos humanos que el Estado costarricense se ha comprometido a respetar y proteger. Hipótesis. La resolución por opinión consultiva OC-24/17 del 24 de noviembre del 2017 emitida por la Corte Interamericana de Derechos Humanos posee el carácter vinculatorio necesario para que el Estado Costarricense la ejecute inmediatamente. Objetivo general. Analizar la resolución por Opinión consultiva OC-24/17 del 24 de noviembre de 2017 Solicitada por la República de Costa Rica en materia de identidad de género, e igualdad y no discriminación a parejas del mismo sexo, así como el marco jurídico nacional y de la Corte Interamericana de Derechos Humanos que hace sus manifestaciones, autos y resoluciones vinculantes para el Estado Costarricense todo desde el contexto jurídico y social, en apego a la función interpretativa que posee esta Corte. Metodología. Para realizar la presente investigación se utilizarán el método histórico para detallar el panorama y evolución que ha poseído el tema de los derechos humanos en el marco de la creación de la Corte Interamericana de Derechos Humanos; además, el método...
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    Análisis del desarrollo histórico y doctrinal del derecho internacional privado en Costa Rica a la luz de la doctrina y legislaciones contemporáneas: ¿necesidad de una ley moderna?
    (2019) Muñoz Herrera, Otoniel Rodrigo; Sáenz Carbonell, Jorge Francisco
    En Costa Rica, existen varias normas que regulan la materia del DIPr, entre estas los artículos 23 al 30 del Código Civil, el artículo 11 del nuevo Código Procesal Civil, el artículo 433 del Código de Trabajo. Asimismo, existen diversas disposiciones en los distintos instrumentos internacionales, ya sean bilaterales o multilaterales. Para crear seguridad jurídica y ajustar las normas a la evolución de la doctrina y las normas contemporáneas, resulta conveniente aprobar una Ley de Derecho Internacional Privado. Esta debe incorporar las novedades al respecto y abarcar la legislación en materia de DIPr que se ajuste a la evolución de las relaciones jurídicas contemporáneas. Las leyes de DIPr de Venezuela, Panamá y República Dominicana son relativamente recientes. En el avance de esta investigación se determinó que estas contemplan disposiciones que están de acuerdo con la doctrina más calificada y que permite a las partes ejercer sus derechos de manera satisfactoria. Lo que se hizo fue analizar la doctrina, las normas mencionadas y la jurisprudencia para crear un modelo de una norma de DIPr que solucione los problemas que presentan las normas en este momento. La evolución del DIPr, comenzó en Grecia y en Roma. Sin embargo, fue hasta la Edad Media cuando se empezó a ver el DIPr embrionario, mediante el desarrollo de la professio juris y la lex mercatoria. Posteriormente, se desarrollarían los denominados estatutos por medio de los Posglosadores. La Escuela Histórica de los Glosadores permite un acercamiento al DIPr contemporáneo. Fue con Savigny que se empezó a centrar la atención en la relación jurídica, pues este consideraba que todos los ordenamientos jurídicos civilizados debían tratarse con absoluta paridad. En el mundo globalizado actual, las relaciones jurídicas han evolucionado, de manera que no se hubiera pensado antes. Por esto, se busca que las partes puedan determinar libremente el derecho que mejor convenga...
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    El delito de tortura cometido por los agentes policiales del sistema penitenciario costarricense
    (2019) Díaz Arias, Lauren Andrea; Herrera Barquero, Víctor Hugo; Gatgens Gómez, Erick
    A grandes rasgos, la tortura es vista como un padecimiento, que de forma innecesaria y voluntaria, se le provoca a una persona con el objetivo de obtener algo de ella. Es una práctica de deshumanización, la cual afecta directamente a la dignidad humana. Una práctica que lacera. En los centros penales, en el ejercicio común y legítimo de las funciones administrativas, pueden darse actos crueles, inhumanos y degradantes, incluso desde el punto de vista coloquial con actos de tortura, sin embargo, no necesariamente son hechos que desde la figura típica del delito de tortura puedan considerarse como tal. Es en este sentido, que la violación de los derechos a la dignidad e integridad de estas personas, especialmente cometida por agentes policiales dentro de los centros penitenciarios costarricenses, se constituye en un problema de interés, tanto para la academia como para el Estado costarricense. En el año 2001, como parte de una corriente internacional de interés en el tema, el legislador costarricense planteó una solución: la inclusión del tipo penal de tortura del artículo 123 Bis en el Código Penal. Ahora bien, tan solo en el 2019, las cifras de hacinamiento y sobrepoblación carcelarias han llegado a superar en un 50%, la capacidad de alojamiento en los centros penitenciarios existentes; siendo aquellos, potenciadores de la tortura, y en sí mismos actos crueles, inhumanos y degradantes. Aunado a ello, en los últimos dos años, se han presentado alrededor de mil recursos de amparo y hábeas corpus, ante la Sala Constitucional en temas penitenciarios, no obstante, desde la aprobación del art. 123 bis del Código Penal, han sido pocos los casos que han llegado a la sede judicial penal, para discutir la configuración del delito, principalmente, en el caso de actuaciones de los agentes policiales. Existe un único caso ocurrido en lo interno de un centro penitenciario, el cual hasta la fecha continúa sin una individualización clara...
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    Violación al derecho de recurrir la prisión preventiva en el procedimiento de flagrancia: como una manifestación de un proceso represivo que inobserva los instrumentos internacionales y el control de convencionalidad
    (2019) Marín Navas, Andrea; Rodríguez Miranda, Martín Alfonso
    La sociedad costarricense estima que se ha dado un aumento considerable en la criminalidad del país, por lo que la opinión pública ha clamado por medidas inmediatas, para disminuir ese índice. De esta forma es que surge la creación del procedimiento de flagrancia, el cual es una respuesta ante la inconformidad del pueblo y la opinión pública, como lo menciona Rosaura Chinchilla al decir: No obstante, el diseño de este proceso me parece que no surge de la mano de esas consideraciones sino ante la necesidad de dar algún tipo de respuesta a las constantes campañas en los medios de comunicación para que se aplicara mano dura en el combate contra la criminalidad. Sin embargo, ha generado una serie de críticas e investigaciones por tratarse de un proceso más rápido, con plazos muy cortos e incluso la supresión de derechos de los imputados. El procedimiento de flagrancia fue diseñado para que dure no más de 15 días, por lo que los plazos son realmente cortos, en especial para la defensa del imputado, puesto que cuenta con 24 horas cuando así lo desee para preparar la estrategia. Es necesario aclarar que, cuando se pensó en el procedimiento de flagrancia se tomó en cuenta únicamente el juzgamiento de las personas, con lo cual se deja de lado lo que sucedería una vez dictada sentencia condenatoria, esto porque en impugnación de sentencia se mantiene la prisión preventiva, lo cual representa lapsos ordinarios de prisión preventiva. Desvirtuando así el procedimiento expedito de flagrancia y el menoscabo de derechos fundamentales de los procesados. Como lo establece el artículo 258 del Código Procesal Penal. Unido a esto, cuando el Tribunal de flagrancia resuelva sobre la medida cautelar de la prisión preventiva, la parte afectada no podrá apelar dicha resolución, por tratarse de un procedimiento expedito, lo cual es una violación a los instrumentos internacionales. Es sobre este último punto, que se considera oportuno realizar...
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    Cambio de paradigma de la función notarial en la determinación de la capacidad jurídica y capacidad de actuar de las personas con discapacidad al amparo de la ley: Ley para la promoción de la autonomía personal de las personas con discapacidad, y su reglamento : propuesta de lineamiento para el ejercicio y control del servicio notarial a personas con discapacidad sensorial, cognitiva y mental
    (2019) Alvarado Cubillo, Sarah; Castro Solano, Christine; Varela Araya, Julia Zoraida
    Este trabajo toma en cuenta los cambios que ha introducido la ley número 9379, Ley para la Promoción de la Autonomía Personal de las Personas con Discapacidad del 30 de junio del 2016, publicada en la gaceta 166 del 30 de agosto del 2016, con motivo de cumplir con lo dispuesto en la Convención sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad aprobado en Costa Rica mediante ley número 8661, del 19 de agosto del año 2008 y trata de identificar las incidencias de esta Ley en el actuar de las y los notarios públicos. En esta investigación se realiza un análisis de conceptos básicos, como la capacidad, cómo ha sido concebida en la normativa, siendo que se ha trata de un concepto dinámico, que evoluciona de acuerdo con la realidad social en la nos desenvolvemos, asimismo la definición actualmente aceptada. Por otro lado también se analiza el concepto general de discapacidad, los paradigmas y su clasificación en tres grupos en los cuales se subsumen las formas generales en las que se ha concebido la discapacidad a lo largo de la historia. Se trata del paradigma tradicional, el paradigma biológico (medico-rehabilitador) y el paradigma desde los derechos humanos. Esto para posteriormente abarcar los tipos de discapacidad que se pueden presentar, destacando su valor pedagógico, ya que no es correcto hacer una clasificación en ese sentido pues podría resultar discriminatorio o no inclusiva de posibles realidades; resultan de particular interés para el desarrollo de la presente investigación, tomar en cuenta las discapacidades mentales, cognitivas y sensoriales. Como conceptos básicos para el desarrollo de la presente investigación se deben tomar en cuenta los conceptos de capacidad jurídica y capacidad de actuar, ya que es a partir de estos, especialmente la capacidad de actuar, que resulta innovadora la ley 9379, al darle personalidad jurídica a las personas con discapacidad en igualdad de condiciones con las demás personas...
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    Necesidad del control jurisdiccional en la transición de personas adultas privadas de libertad del sistema institucional al sistema semi-institucional: análisis a la luz del proyecto de ley del servicio penitenciario nacional y de acceso a la justicia para la ejecución de la pena 18 867
    (2019) Évora Castillo, Óscar Andrés; Salazar Rodríguez, Luis Alonso
    Justificación. Dentro del procedimiento penal, la ejecución de la pena es el momento donde el Estado ejerce de forma más evidente su poder coercitivo, es por esto, que deben ser respetados los derechos fundamentales del individuo de la misma manera que en todo el proceso penal previo. Por esta razón, es difícil comprender el olvido del tema por los diferentes operadores del derecho, jueces, doctrinarios e, incluso, los mismos legisladores. Los autores que se han dedicado en los antecedentes a temas relacionados, en especial desarrollan el tema desde un punto de vista sustantivo de la pena, sus fines, entre otros, dejando de lado aspectos procesales importantes de la ejecución en sí misma, aun cuando los derechos fundamentales del individuo adquieren tanta importancia en esta etapa. El interés de esta investigación recae en la realidad que se presenta actualmente en Costa Rica en relación al procedimiento que tiene el Ministerio de Justicia y Paz por medio de la Dirección General de Adaptación Social para el cambio de programa de atención del régimen Institucional al régimen Semi- institucional en adultos privados de libertad. Esto dado que no existe un control jurisdiccional en este sentido, aún y cuando existen requisitos estrictos que deben de cumplirse en su totalidad para el cambio de régimen y que en muchos casos ha quedado demostrado que los mismos no se cumplen ni son respetados por los encargados de llevar a cabo esta delicada tarea. Hipótesis. Nuestro problema se enfoca en la siguiente pregunta: ¿Se hace necesaria la judicialización de la aplicación del sistema de traslados de los privados de libertad, del régimen institucional al régimen semi-institucional? Es bien sabido que hasta ahora, en Costa Rica, han sido los órganos técnicos-administrativos, como la Dirección General de Adaptación Social por medio del Instituto Nacional de Criminología, los encargados de determinar los criterios de valoración...
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    Limitación normativa de la procedencia de mecanismos de solución alternativa de conflictos, a través de las reformas legislativas, y su contradicción con la justicia restaurativa
    (2019) Obando Reyes, Bryan Stewart; Llobet Rodríguez, Javier
    La presente investigación busca determinar las limitaciones normativas que han incidido en la procedencia de los tres institutos de Solución Alterna al Conflicto, posterior a su entrada en vigencia con la nueva reforma procesal penal de 1996, conocida actualmente como el Código Procesal Penal o Ley 7594, que nos rige desde el 1 de enero de 1998. Para efectos de realizar este trabajo, resulta pertinente hacer un estudio doctrinal de las diferentes posiciones de juristas que fueron consideradas como un impulso a instauración de dicha reforma. Todos tienen un argumento en común, que a su vez consistió en la necesidad de implementar un sistema penal que permitiera un mejor acceso a los intervinientes, delegándolo en la víctima y darle una mayor participación y protagonismo en el proceso, no generando la decisión del proceso al monopolio estatal, como solía manejarse previo a la entrada en vigencia de dicha reforma. Así las cosas, se coincidió en la instauración de un proceso penal más horizontal. Asimismo, de acá se deriva el estudio de los institutos de Solución Alterna al Conflicto, denominados la Suspensión del Proceso a Prueba, la Reparación Integral del Daño y la Conciliación, que fueron creados (a excepción de la conciliación que ya estaba regulada, pero amplió su procedencia) con la finalidad de buscar una salida alterna a la del juicio oral con pena de prisión que se considera la solución por excelencia en el derecho penal. Sin embargo, estos tres institutos han sufrido distintas reformas normativas posteriores a su entrada en vigencia desde 1998. No puede alegarse que todas las reformas han resultado perjudiciales, sin embargo, existen otras reformas que han limitado la procedencia de los mismos, y como consecuencia a lo anterior, estos institutos han resultado insuficientes en su aplicación a la cuantía de casos que se presentan en los despachos penales por la cantidad de requisitos que contienen. Paulatinamente...

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